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  • Casación confirmó las condenas por corrupción contra Ocampo y Barrios, aunque anuló dos hechos y redujo las penas

    Concordia » Diario Junio

    Fecha: 30/12/2025 10:56

    Casación confirmó las condenas por corrupción contra Ocampo y Barrios, aunque anuló dos hechos y redujo las penas La Cámara de Casación Penal ratificó las condenas contra el ex jefe de la División Investigaciones de la Jefatura Departamental Concordia, Guillermo Ocampo, y el empresario y distribuidor de la firma de gaseosas Manaos, Claudio Barrios, por hechos de cohecho y tráfico de influencias. Si bien dejó sin efecto parte de la acusación original, confirmó penas de prisión efectiva y, en el caso del ex funcionario policial, la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. El fallo de la Sala II de la Cámara de Casación Penal de Entre Ríos, integrada por las juezas María Evangelina Bruzzo y María del Luján Giorgio y el juez Darío Gustavo Perroud, fue dictado este lunes 29 de diciembre y resolvió los recursos presentados por las defensas de Ocampo y Barrios, confirmando el núcleo de la sentencia de primera instancia, aunque anuló dos de los diez hechos imputados originalmente y redujo las penas. Al revisar la causa, los magistrados analizaron los hechos atribuidos y concluyeron que en dos de ellos no se había alcanzado el grado de certeza requerido para sostener una condena, por lo que dispusieron la absolución de ambos imputados respecto de esos cargos. No obstante, consideró que el resto de los hechos sí se encontraba debidamente probado, por lo que confirmó la responsabilidad penal tanto del ex funcionario policial como del empresario local. Los condenados Guillermo Martín Ocampo se desempeñaba como jefe de la División Investigaciones de la Jefatura Departamental Concordia, cargo desde el cual tenía personal policial a su cargo y facultades para ordenar actuaciones operativas. En tanto, Claudio Federico Barrios es empresario y distribuidor en Concordia de la firma de gaseosas Manaos. De acuerdo con lo acreditado en el juicio, ambos mantuvieron una relación sostenida en el tiempo mediante la cual Ocampo utilizó su cargo, personal policial y recursos del Estado para prestar servicios por fuera de los canales legales, a cambio de pagos realizados por Barrios. Los hechos que quedaron firmes La Cámara de Casación confirmó que Ocampo fue responsable de cohecho pasivo y tráfico de influencias, al recibir dinero y disponer de recursos policiales para favorecer intereses privados, en violación a sus deberes como funcionario público. En tanto, Barrios fue considerado responsable de cohecho activo, por haber abonado esos servicios irregulares, y de tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil, hecho que también fue tenido por probado. Las penas Como consecuencia de la anulación parcial de la sentencia original, el tribunal fijó seis años de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, en el caso de Guillermo Martín Ocampo, y cuatro años de prisión efectiva para Claudio Federico Barrios. Las penas resultaron menores a las impuestas en primera instancia debido a la exclusión de los hechos que Casación dejó sin efecto, aunque se mantuvo la gravedad de los delitos confirmados. Contexto de la causa La investigación se inició a partir de otra causa penal, cuando surgieron comunicaciones que motivaron una pesquisa específica sobre la relación entre Ocampo y Barrios. El juicio oral se desarrolló en Concordia y expuso el uso irregular de la estructura policial para la custodia y protección de intereses comerciales privados. Si bien Casación redujo parcialmente el alcance de la condena, el tribunal sostuvo que existió un esquema probado de pagos y favores incompatible con la función pública, lo que justificó la confirmación de las penas de prisión efectiva. Con esta resolución, la sentencia quedó firme en el ámbito provincial, quedando habilitada únicamente la posibilidad de interponer recursos extraordinarios ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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