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  • El Gobierno nacional promulgó el Presupuesto 2026 y la Ley de Inocencia Fiscal

    Gualeguaychu » El Argentino

    Fecha: 30/12/2025 08:00

    El Poder Ejecutivo Nacional promulgó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 2026 y la denominada Ley de Inocencia Fiscal, ambas aprobadas el viernes pasado por la Cámara de Senadores. Las normas ya fueron publicadas y entraron formalmente en vigencia. El Presupuesto Nacional 2026 quedó registrado como Ley Nº 27.798 y establece las principales proyecciones macroeconómicas para el próximo año. Según el texto, se prevé un crecimiento del Producto Bruto Interno del 5%, una inflación anual del 10,1% y un tipo de cambio estimado en $1.423 para diciembre de 2026. En materia fiscal, el plan contempla un superávit financiero del 1,5% y un superávit primario de 2,7 billones de pesos. Los recursos totales proyectados ascienden a 148,2 billones de pesos, mientras que el gasto total previsto alcanza los 148 billones. El Presupuesto destina el 85% de los recursos a gastos sociales. Dentro de ese rubro se destacan 65,7 billones de pesos asignados al sistema previsional y 4,8 billones de pesos destinados a las universidades nacionales. También se proyecta un incremento del 10,6% en las exportaciones, del 11,1% en las importaciones y un crecimiento del consumo privado del 4,9% y del consumo público del 4,5%. Por su parte, la Ley de Inocencia Fiscal, registrada como Ley Nº 27.799, introduce una reforma integral del Régimen Penal Tributario. La iniciativa redefine los criterios para la configuración de delitos fiscales y prioriza la intervención penal en los casos de evasión considerada relevante. Entre los principales cambios, la norma eleva de manera significativa los montos a partir de los cuales la evasión se considera delito. En el caso de la evasión simple, el umbral pasa de $1,5 millones a $100 millones, mientras que para la evasión agravada se incrementa de $15 millones a $1.000 millones. Para los delitos vinculados a la seguridad social, el piso se eleva de $200 mil a $7 millones, y para el uso de facturas apócrifas de $1,5 millones a $100 millones. La ley también establece la posibilidad de extinguir la acción penal cuando el contribuyente regularice su situación fiscal y fija límites al inicio de procesos penales cuando las facultades del fisco para determinar deudas se encuentren prescriptas. En ese sentido, el plazo de prescripción de las obligaciones tributarias se reduce de cinco a tres años. Además, se incorpora un Régimen Simplificado de Declaración Jurada y de Ganancias, que permite adherir a contribuyentes con un patrimonio de hasta $10.000 millones. Bajo este esquema, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) calculará el impuesto únicamente sobre los ingresos facturados, sin controlar variaciones patrimoniales ni consumos personales. Finalmente, la normativa establece que ARCA no iniciará acciones penales si las deudas y sus intereses son cancelados, aunque este beneficio podrá utilizarse una sola vez por contribuyente.

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