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  • Justicia confirma condena a exintendente y actualiza el monto del daño económico - Informe Digital

    Parana » Informe Digital

    Fecha: 29/12/2025 21:39

    La condena contra el exintendente de Gualeguay, Luis Alberto Erro (PJ), quedó firme el pasado 23 de diciembre, tras la homologación del acuerdo de juicio abreviado consignado en la sentencia Nº 178, dictada el 5 de diciembre por el Tribunal integrado por los vocales Fernando José Martínez Uncal, Maximiliano O. Larocca Rees y Mauricio Mayer. Erro fue condenado en dos causas por abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público, vinculadas a irregularidades en la compra de espuma para el carnaval local y en la ejecución de una obra de luminarias. La pena impuesta fue de dos años de prisión de cumplimiento condicional, además de una inhabilitación especial por cuatro años para intervenir en trámites y procedimientos administrativos vinculados a contrataciones públicas en el ámbito del municipio de Gualeguay. Según la sentencia, en la causa conocida como Espuma-Nieve los hechos se remontan a 2012 y están relacionados con un proceso licitatorio irregular para la concesión de la venta de espuma durante el carnaval. Debido al tiempo transcurrido más de una década, la Justicia ordenó actualizar el perjuicio económico ocasionado al municipio conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC). El monto original de $15.000 fue actualizado a $3.427.285,21. La segunda causa, denominada Luminarias, se refiere a hechos ocurridos en 2014 durante la ejecución de la obra pública Iluminación de Av. Illia y reemplazo de columnas en Bulevar San Juan, realizada sin autorización del Concejo Deliberante, con fraccionamiento de compras y uso indebido de fondos públicos. En ese expediente, el capital original de $9.000 fue actualizado a $1.707.307,74. Además de Erro, fueron condenados otros exfuncionarios municipales: Mariano Héctor Ignacio Dunat (exsecretario de Turismo, Cultura y Deporte), Silvio Oscar Carballo (ex director de Hacienda del municipio) y Cristian Fabián Fattor (ex director de Energía local). A todos se les impusieron penas de prisión condicional, inhabilitaciones y la obligación de reparar económicamente el daño causado al Estado municipal. A los tres se les aplicó un año de prisión condicional y dos años de inhabilitación especial, consistentes en la incapacidad para participar en contrataciones públicas. En la sentencia se dispuso que todos los condenados deben efectuar una reparación económica al municipio de Gualeguay. Por ello, la Justicia ordenó una pericia contable destinada a actualizar el perjuicio económico. Estos son los montos actualizados a noviembre de 2025. Sobreseimiento causa cheques En tanto, en la causa vinculada al manejo irregular de cheques municipales, el exintendente fue sobreseído del delito de peculado, decisión que según establece la resolución no afectó su buen nombre y honor. Al respecto, se consideró que el hecho constituye una falta o irregularidad de carácter administrativo que no alcanza a superar el umbral de lo jurídico- penalmente relevante y, por ende, no es pasible de predicarse a su respecto un juicio positivo de injusto. Con la sentencia ya firme, queda habilitada la ejecución de las reparaciones económicas actualizadas que deberán afrontar los condenados en favor del Municipio de Gualeguay.

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