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  • Nuevo monotributo unificado en la Ciudad de Buenos Aires: qué cambia para 200.000 contribuyentes desde enero

    » Clarin

    Fecha: 29/12/2025 18:12

    En enero, empezará a regir el nuevo monotributo unificado en la Ciudad de Buenos Aires (CABA), que permitirá abonar el monotributo y el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en una sola operación. Alcanzará a 200.000 contribuyentes del distrito con Ingresos Brutos que no superan los $ 94.805.682,90 en un período de 12 meses, el límite máximo que rige desde julio y que se actualizará por inflación en enero. A través de la Resolución General Conjunta 5769/25, el gobierno porteño adhirió al régimen de Monotributo Unificado nacional, incorporándose al Sistema Único Tributario (SUT) de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). La medida beneficiará a los monotributistas con domicilio fiscal en CABA que pagan Ingresos Brutos de entre $ 44.970 en la categoría A (la más baja) y $ 474.030 en la categoría K (la más elevada). De esta manera, los contribuyentes de esta jurisdicción verán reducida su carga administrativa y verán simplificado su cumplimiento tributario, explicó ARCA. El monotributo unificado elimina la duplicidad de obligaciones formales. Antes, un contribuyente debía realizar dos pagos separados (monotributo e Ingresos Brutos), con dos vencimientos distintos, dos sistemas de pago diferentes y dos registros administrativos paralelos. Ahora, con una sola operación mensual, cumple ambas obligaciones tributarias, reduciendo tiempo, esfuerzo administrativo y minimizando errores operativos, destacó el organismo. Esto ahorrará tiempo y esfuerzo, la unificación facilita el acceso a la información: la visualización y gestión de pagos se centralizará a través de la Cuenta Corriente de ARCA. De esta manera, los monotributistas porteños podrán llevar el control de sus pagos mensuales y administrar sus saldos pendientes en un único entorno digital, eliminando la necesidad de realizar trámites de deuda en múltiples organismos y facilitando el cumplimiento mediante una gestión unificada, agregó. Y apuntó que esta incorporación redunda también en beneficios para la administración tributaria de la Ciudad, generando mayor transparencia y permitiendo un acceso más sencillo a la regularización fiscal. La adhesión del gobierno de la Ciudad se suma a las ya realizadas por otras provincias: Entre Ríos, Mendoza, Córdoba, San Juan, Jujuy, Salta, Río Negro, Buenos Aires, Neuquén, Santa Cruz, Chaco, Catamarca y Tierra del Fuego. Cómo funcionará la integración A partir del 1° de enero de 2026, la adhesión y la modificación de datos se formalizarán exclusivamente a través de la sección monotributo en el portal de ARCA. Los contribuyentes que ya están inscriptos en el monotributo y en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad serán incorporados de forma automática al nuevo esquema. Es decir, no deberán hacer ningún trámite. Al adherir al monotributo nacional, los contribuyentes de CABA deberán declarar su condición frente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos para su encuadre en el Régimen Simplificado CABA. Se generará una credencial única de pago (Formulario F. 1520), que contendrá el Código Único de Revista (CUR), que englobará los siguientes conceptos: Impuesto Integrado Aportes al SIPA y al Sistema Nacional del Seguro de Salud (si corresponde) e Impuesto sobre los Ingresos Brutos del Régimen Simplificado CABA. Así, los contribuyentes ya inscriptos en el Régimen Simplificado porteño serán incorporados de oficio al SUT. Se modificará la frecuencia de pago de Ingresos Brutos: pasará de ser bimestral a mensual, por lo que, a modo excepción, en el primer de 2026 se pagará lo correspondiente a noviembre y diciembre y también el importe correspondiente a enero. Los contribuyentes del Régimen Simplificado CABA serán encuadrados en la misma categoría que posean en el monotributo nacional, siempre que dicha categoría esté prevista en la normativa de CABA. La modificación en la categoría del monotributo nacional implicará automáticamente la recategorización de oficio en el Régimen Simplificado CABA. En tanto, la cancelación de la inscripción por fallecimiento, cese de actividades o renuncia, así como la exclusión de pleno derecho dispuesta por ARCA, implicarán automáticamente la baja o exclusión en el régimen simplificado local. De igual modo, una exclusión de oficio por parte de AGIP será informada a ARCA a fin de que esta evalúe sus efectos en el régimen nacional. Mirá también Newsletter Clarín

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