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Concordia » Libre Entre Rios
Fecha: 29/12/2025 14:58
Se oficializó la creación del Centro Comercial a Cielo Abierto Concordia: nuevas tasas, prohibiciones en cartelería y zonas de alcance El Municipio promulgó la Ordenanza N° 38.774 tras su publicación en el Boletín Oficial el pasado 22 de diciembre. La normativa define el radio de acción, establece una contribución obligatoria del 0,1% para los comerciantes de la zona y fija plazos estrictos para la adecuación de cartelería. Tras catorce años de gestiones y un tratamiento legislativo acelerado en las últimas semanas, quedó formalmente constituido el Centro Comercial a Cielo Abierto Concordia. La medida entró en vigencia con la publicación del Boletín Oficial N° 3.660 el pasado 22 de diciembre de 2025, luego de que el proyecto fuera presentado por el Ejecutivo el 10 de diciembre y aprobado por el Concejo Deliberante en la sesión extraordinaria del 12 de diciembre. Ámbito geográfico y gestión mixta La normativa delimita el área de intervención al radio actual del Sistema de Estacionamiento Medido, sumando específicamente el tramo de calle Las Heras comprendido entre San Luis y Humberto Primo. El objetivo declarado es la modernización urbana y el fomento comercial, aunque su administración no será exclusivamente pública. La gestión se realizará mediante un convenio de cooperación entre la Municipalidad de Concordia, el Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia (CCISC), la Asociación Amigos de la Peatonal y la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME). Para la operatividad diaria, se crea una Comisión Mixta con poder de contralor sobre los fondos y aprobación de inversiones. Dicha comisión estará integrada por: * 1 representante del Centro de Comercio, Industria y Servicios. * 1 representante de los comerciantes de la zona (a intervenir). * 1 representante del EMCONTUR. * 2 representantes del Departamento Ejecutivo Municipal. Financiamiento: nueva carga tributaria para el sector Uno de los puntos centrales de la ordenanza es el mecanismo de autofinanciamiento, el cual recae directamente sobre los privados. El artículo 6º establece una contribución específica mensual obligatoria. Los titulares de comercios dentro del radio definido deberán abonar un 0,1% adicional sobre la base imponible de la Tasa Comercial. Esta recaudación se depositará en el Fondo CCCA-Conc y tendrá destinos específicos: obras de infraestructura (pavimento, iluminación LED), limpieza intensiva, seguridad, campañas de promoción, y servicios como wifi público y arbolado. Asimismo, se abre la puerta a la participación privada mediante convenios de padrinazgo con empresas para financiar mejoras. Restricciones en cartelería y plazos La ordenanza impone cambios estéticos obligatorios para preservar la identidad urbana. Se prohíbe terminantemente la cartelería perpendicular (tipo bandera), corpórea sobresaliente o luminosa fuera de la línea municipal. Solo se autorizan carteles frontales planos o tipo pastilla de hasta 40 cm. Los comercios que no cumplan con esta disposición tienen un plazo de adecuación hasta el 30 de junio de 2027. Incentivos fiscales Como contrapartida a la presión tributaria, la norma fija incentivos limitados para nuevos emprendimientos. Los comercios nuevos de hasta 30 metros cuadrados tendrán una exención del 50% de la contribución durante el primer año. Por su parte, los microemprendimientos locales registrados accederán a un descuento del 25% por 12 meses. Reglamentación pendiente El Departamento Ejecutivo dispone ahora de un plazo de 90 días corridos desde la promulgación para reglamentar los aspectos operativos y los mecanismos de fiscalización de la ordenanza. Mientras las autoridades, encabezadas por el intendente Francisco Azcué, celebran el proyecto como un salto de calidad esperado por más de una década, el sector comercial aguarda la implementación para evaluar el impacto real de la nueva tasa en un contexto económico desafiante de cara al 2026.
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