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» Puntobiz
Fecha: 29/12/2025 11:23
Por Redacción Permite computar parte del gravamen sobre movimientos bancarios contra aportes patronales. El Poder Ejecutivo extendió hasta el 31 de diciembre de 2026 el alivio fiscal destinado a microempresas y pymes. Lo hizo a través del decreto 923/2025, publicado en el Boletín Oficial, que actualiza el esquema vigente desde 2023 y mantiene la posibilidad de aplicar parte del impuesto al cheque como pago a cuenta de las contribuciones patronales al sistema previsional. La medida habilita a computar una porción del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras operatorias conocido como impuesto al cheque para cancelar obligaciones vinculadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). El beneficio se aplicará a las remuneraciones que se devenguen entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2026. El marco legal de este esquema se apoya en la Ley de Competitividad N° 25.413, que no solo creó el gravamen sobre los movimientos bancarios, sino que también facultó al Ejecutivo a permitir su uso como pago a cuenta de impuestos y contribuciones sobre la nómina salarial, con excepción de los aportes al régimen de obras sociales. El régimen había sido implementado originalmente por el decreto 394/2023, que habilitó a las microempresas a imputar hasta el 30% del impuesto al cheque como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales. En un primer momento, la vigencia se limitaba a los salarios devengados hasta diciembre de 2024, pero luego fue prorrogada hasta fines de 2025 mediante el decreto 1137/2024. Con la nueva prórroga, el Gobierno busca sostener un instrumento que apunta a reducir la carga fiscal sobre los empleadores de menor escala y acompañar su continuidad y crecimiento. El uso del beneficio es opcional y funciona de manera complementaria al régimen que permite computar el impuesto al cheque como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias. Para acceder, los empleadores deben estar registrados como microempresas bajo el código 272 - Micro Empresas Ley 25.300. Al confeccionar la declaración jurada mensual en el servicio Declaración en línea, el sistema discrimina las contribuciones Sipa y no Sipa, y permite informar el monto del impuesto al cheque que se pretende imputar, siempre dentro de los topes establecidos. El trámite se realiza con Clave Fiscal a través del sitio del organismo recaudador. El importe a computar debe declararse en el campo específico Pago a cuenta Dec 394/2023 y solo puede aplicarse al impuesto percibido en el mismo período mensual, sin posibilidad de trasladar saldos a meses siguientes. Además, la normativa exige que la cuenta bancaria donde se genera el impuesto esté a nombre del empleador y que el saldo restante de aportes y contribuciones se abone mediante transferencia electrónica, a través del correspondiente Volante Electrónico de Pago (VEP). En caso de rectificaciones, estas deberán incluir la totalidad de la nómina del período alcanzado por el beneficio. CONTENIDO EXCLUSIVO PARA SUSCRIPTORES. Si querés ser protagonista de los Negocios necesitás información. Si estás acá es porque necesitás esta información. Por asesoramiento personalizado o consulta de Planes Corporativos escribinos a suscripcion@puntobiz.com.ar. Whatsapp al 3415034363. Si sos Suscriptor ingresá: CONTACTOS Redacción: redaccion@puntobiz.com.ar Publicidad: comercial@puntobiz.com.ar Suscripción y Circulación: suscripcion@puntobiz.com.ar Domicilio: Rioja 1065 Piso 3, 2000 Rosario. SOBRE PUNTO BIZ Punto biz es un medio de información impulsado por periodistas y empresarios de Rosario. Apuesta a ser un aporte para el desarrollo de la región en base a los siguientes postulados: STAFF Director General: Julio Torné. jat@puntobiz.com.ar Director Periodístico: Gabriel González. gabriel@puntobiz.com.ar CONTACTOS Redacción: redaccion@puntobiz.com.ar Publicidad: comercial@puntobiz.com.ar Suscripción y Circulación: suscripcion@puntobiz.com.ar Domicilio: Rioja 1065 Piso 3, 2000 Rosario. ¿Querés recibir notificaciones de alertas?
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