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» El cordillerano
Fecha: 28/12/2025 15:24
Huellas que dañan: hay sanciones por pintada de grafitis en el Parque Nacional Un camionero se detuvo en la zona de Valle Encantado para pintar un grafiti sobre una pared de roca. La noticia tuvo repercusión nacional y más allá de pensar que dejaba grabado un recuerdo, es necesario saber la gravedad que conlleva esta clase de hechos. La Ley 22.351 que rige los Parques Nacionales en Argentina establece que estos espacios deben conservarse en su estado natural, sin alteraciones que no estén expresamente autorizadas. Si bien la ley no detalla cada conducta, toda acción que altere el ambiente protegido, como grafitear rocas o formaciones naturales, está prohibida por definición y puede dar lugar a sanciones administrativas o contravencionales. Es gracias al compromiso de la gente que hechos similares de pintadas en roca, han sido denunciados penalmente en Argentina. Por ejemplo, cuando un turista realizó pintadas en el Parque Nacional Talampaya, el hecho fue presentado penalmente por vandalismo ante la Justicia tras constatarse el daño. No olvidar Ingresar a un Parque Nacional es un derecho pero obviamente, hay obligaciones y pautas que se deben respetar. Ninguna clase de alteración debe ser minimizada en su impacto. - En el paisaje: Las rocas y árboles con grafitis pierden su valor natural. En la montaña, las pinturas en aerosol dañan los líquenes y microorganismos que viven sobre las piedras. - Prohibición absoluta: Está prohibido realizar cualquier tipo de inscripción, marca o pintura en árboles, rocas, carteles o infraestructura dentro del Parque Nacional. - Dificultad de remoción: Limpiar un grafiti en la naturaleza es extremadamente costoso y difícil, ya que el uso de solventes químicos para quitar la pintura también contamina el suelo y el agua. - Sanciones: Al igual que con el fuego, realizar pintadas en bienes del Estado o áreas protegidas conlleva multas severas y el inicio de una causa por daño al patrimonio.
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