27/12/2025 23:02
27/12/2025 23:02
27/12/2025 23:02
27/12/2025 22:58
27/12/2025 22:58
27/12/2025 22:58
27/12/2025 22:58
27/12/2025 22:58
27/12/2025 22:58
27/12/2025 22:58
» Tiempo Sur
Fecha: 27/12/2025 21:13
Semanas atrás tomó estado parlamentario en la Cámara de Diputados de Santa Cruz un proyecto de ley que propone la creación de la Licencia Científica y Cultural destinada a las y los agentes de la Administración Pública Provincial, cualquiera sea su régimen escalafonario. La iniciativa alcanza al personal de los tres poderes del Estado, organismos descentralizados, entes autárquicos y empresas con participación estatal mayoritaria, y tiene como finalidad permitir la participación de trabajadores públicos en actividades científicas, académicas, artísticas y culturales en representación de la provincia o de instituciones públicas reconocidas. El proyecto contempla la participación en congresos, jornadas, seminarios y certámenes científicos, así como en festivales, encuentros, concursos y representaciones artísticas y culturales, incluyendo danza, música, teatro, literatura y otras expresiones, tanto en el ámbito nacional como internacional. La licencia podrá otorgarse hasta por quince días corridos por año calendario, con posibilidad de fraccionamiento según la duración de la actividad, y prevé una eventual extensión por igual período en casos debidamente fundados cuando la representación institucional lo justifique. Uno de los puntos centrales es que la licencia será concedida con goce íntegro de haberes, y que, cuando la participación implique una representación oficial de la provincia o de un organismo público, la autoridad de aplicación podrá reconocer los gastos de traslado y estadía conforme a la normativa vigente. Entre los requisitos establecidos se incluye la solicitud con una antelación mínima, la presentación de la invitación o acreditación emitida por la organización del evento y, al regreso, la constancia de asistencia o participación. La propuesta incorpora esta licencia al régimen general de licencias de la administración pública provincial y designa al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social como autoridad de aplicación, estableciendo un plazo de sesenta días para la reglamentación una vez promulgada la ley.
Ver noticia original