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  • Inocencia fiscal: claves del proyecto para usar dólares ahorrados - SanLuis24Noticias

    » Sanluis 24

    Fecha: 27/12/2025 06:06

    El Senado debatirá este viernes el proyecto de Inocencia Fiscal, impulsado por el Gobierno nacional, que busca facilitar el uso de los dólares del colchón. La iniciativa, que ya tiene media sanción de Diputados, propone cambios en el Régimen Penal Tributario para reducir sanciones a contribuyentes cumplidores y promover la remonetización de la economía en Argentina. El proyecto de Inocencia Fiscal es una de las principales apuestas de la gestión de Javier Milei para reactivar la economía y fomentar la competencia de monedas. El eje central es generar condiciones para que los ahorros no declarados en dólares ingresen al circuito formal, sin modificar impuestos ni eliminar antecedentes fiscales. Desde el Gobierno aclaran que la iniciativa no altera la Ley de Prevención del Lavado de Activos ni las facultades de la Unidad de Información Financiera (UIF). Tampoco implica un blanqueo tradicional, sino un cambio en el enfoque penal y administrativo. Menos denuncias automáticas y más foco en delitos graves Uno de los pilares del proyecto es el principio de Inocencia Fiscal, que establece que el contribuyente será considerado cumplidor hasta que se demuestre lo contrario. En la práctica, esto limita las denuncias penales automáticas por parte de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Según la propuesta, no se avanzará penalmente en casos donde las diferencias impositivas surjan por interpretaciones técnicas, criterios contables o presunciones legales sin pruebas adicionales. El objetivo es concentrar los controles en maniobras dolosas y de mayor gravedad. El proyecto actualiza de forma significativa los montos a partir de los cuales una infracción se considera delito: - Evasión simple: pasa de $1,5 millones a $100 millones. - Evasión agravada: se eleva de $15 millones a $1.000 millones. Con esta modificación, se reduce la cantidad de causas penales por montos menores y se priorizan los casos de alto impacto fiscal. Extinción de la acción penal y plazos de prescripción Pago de deuda y cierre de causas Otra novedad es la posibilidad de cerrar causas penales ya iniciadas. El contribuyente podrá extinguir la acción penal pagando el total de la deuda más un adicional del 50%, siempre que lo haga dentro de los 30 días. Este beneficio podrá utilizarse solo una vez por persona o empresa. Además, el proyecto establece que, si prescriben las facultades del Estado para determinar o exigir un tributo, también caduca la persecución penal asociada. En cuanto a los plazos de prescripción: - Contribuyentes cumplidores: se reduce de cinco a tres años. - Casos generales: cinco años. - No inscriptos: se mantiene en diez años. También se elimina la suspensión automática de la prescripción por determinaciones de oficio, lo que obliga al fisco a actuar en plazos más acotados. Un nuevo esquema para personas físicas El proyecto incorpora un Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias. Podrán adherir personas físicas y sucesiones indivisas con: - Ingresos anuales de hasta $1.000 millones. - Patrimonio inferior a $10.000 millones. En este esquema, el impuesto se calculará sobre la facturación y no sobre la evolución patrimonial. La declaración será confeccionada por el organismo recaudador con la información disponible. Quienes paguen en término quedarán exentos de otras obligaciones formales, salvo errores graves.

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