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» Diario Cordoba
Fecha: 27/12/2025 04:43
Si algo tenía claro Cándido Conde-Pumpido cuando asumió la Presidencia del Tribunal Constitucional es que no quería que los asuntos que debía resolver, por muy conflictivos que fueran, aguardaran años en un cajón a la espera de un momento más propicio que nunca llegaba. Por eso, la sentencia que ha avalado la ley más polémica de la legislatura, la de la amnistía, se dictó justo cuando se cumplía un año de la promulgación de la norma. Con ella se ha marcado el camino de todos los demás asuntos pendientes relacionados con el perdón del 'procés', de los que ya prácticamente solo ha quedado para 2026 su aplicación al delito de malversación. El Constitucional revisará la decisión del Tribunal Supremo de no aplicar la amnistía al delito por el que se procesó en rebeldía al expresidente catalán y líder de Junts, Carles Puigdemont, y se condenó a 13 años de prisión (que le fueron indultados) y a otros tantos de inhabilitación (que sigue cumpliendo) al presidente de ERC, Oriol Junqueras, cuando proceda a resolver los recursos de amparo interpuestos por ambos, así como por el resto de procesados y condenados que se encuentran en su misma situación. Estas impugnaciones se fueron al año próximo después de que el presidente de Junts recusara a última hora a varios de los magistrados que componen el pleno, lo que dilató su tramitación. La sentencia 137/2025 que declara la constitucionalidad de la ley de amnistía fue la que resolvió el recurso de inconstitucionalidad que presentaron contra ella diputados y senadores del PP. Fuentes jurídicas señalan a EL PERIÓDICO que con el orden que Conde-Pumpido imprimió a las deliberaciones, al resolver en primer lugar esa impugnación, logró trasladar la sensación de que todas las pegas contra la constitucionalidad de la norma eran ideológicas, y que por detrás de la impugnación del partido dirigido por Alberto Núñez Feijóo desfilaban las dudas de los jueces de sensibilidad conservadora. Y eso, aunque el ponente de la cuestión de inconstitucionalidad que elevó el Supremo fuera Leopoldo Puente, situado entre los magistrados que se presumen progresistas. Mientras la sentencia que rechazaba el recurso del PP se producía el 26 de junio, la que rechazó las objeciones que veía la Sala Segunda del Supremo a la ley no se dictó hasta el 8 de octubre, el mismo día que se pronunció por primera vez sobre la malversación en una resolución. Lo hizo con el primero de los 15 recursos de inconstitucionalidad que interpusieron las comunidades gobernadas por el PP y Castilla-La Mancha: el de las Cortes de Aragón. El 20 de noviembre de 2025 el pleno rechazó las tres cuestiones de inconstitucionalidad presentadas por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya en otros tantos asuntos de desobediencia relacionados con el 'procés'. No se pronunció sobre el más mediático de todos, el relativo a los actos preparativos del 1-O, porque en ese caso, el TSJC también se dirigió a Europa y el Constitucional inadmitió el amparo ante la preferencia que presentan las cuestiones prejudiciales frente a las de inconstitucionalidad. Ocho para 2026 En el pleno que se celebró esa semana se rechazaron las impugnaciones de la Junta de Andalucía y la de Castilla y León, así como las interpuestas por el Consejo de Gobierno de Murcia y el Consell de la Comunitat Valenciana. En el primer pleno de diciembre corrió la misma suerte el presentado por la Comunidad de Madrid y en el último de 2025, los de la Asamblea de Madrid y la de Murcia. Pese a la celeridad con la que se han ido resolviendo estos recursos, en los que se reitera la doctrina marcada en las sentencias que rechazaron el recurso del PP y la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Supremo, el pleno todavía tiene que resolver los de la Junta de Extremadura y la de Castilla-La Mancha, el del Gobierno de La Rioja y el de Aragón, la Xunta de Galicia, los del Gobierno y el Parlamento de Cantabria, así como el de Illes Balears. Todos ellos irán siendo resueltos a la vuelta de las Navidades, en el primer trimestre de 2026. Después, una vez que se conozca la sentencia europea sobre la amnistía, lo que no se espera antes de abril, el pleno resolverá los recursos de amparo interpuestos por Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig, quienes aún tienen pendiente una orden de detención, si vuelven a España. También lo hará con los de Junqueras, el secretario general de Junts, Jordi Turull, y los 'exconsellers' Raül Romeva y Dolors Bassa, que todavía cumplen la pena de hasta 13 años de inhabilitación que les impuso el Tribunal Supremo. En el último pleno del año de este 2025 los magistrados rechazaron levantarles de forma cautelar la inhabilitación para no vaciar de contenido el recurso de amparo aún pendiente de resolver. La petición similar de Puigdemont, para tratar de que se retire la orden de arresto que pesa en su contra, tras el apoyo a la amnistía que hizo el abogado general de la UE en su propuesta de resolución, todavía no ha ido al pleno, pero lo previsible es que corra idéntica suerte. Suscríbete para seguir leyendo - La gran transformación de la A-4 en Córdoba: la calzada se duplicará para aliviar el tráfico - La variante de la A-4 por Villafranca llegará hasta la futura Base Logística - Una masa de aire siberiano y la lluvia marcan el fin de semana en Córdoba - Montoro contará con una nueva vía de ocho kilómetros al sur de la A-4 - La Policía Local desaloja un bar y pone 53 denuncias por miccionar en la calle en Nochebuena
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