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Concordia » Cadena Entrerriana
Fecha: 26/12/2025 20:55
A través de la Resolución 164/2025, el Ejecutivo definió los tres días no laborables con fines turísticos que completarán el esquema de 19 jornadas festivas. El objetivo es desestacionalizar el consumo y potenciar las economías regionales. A pocos días de comenzar el nuevo año, el Gobierno nacional, bajo la firma del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, oficializó el cronograma de feriados para el 2026. La medida, publicada esta madrugada en el Boletín Oficial, establece las fechas que regirán el descanso y la actividad comercial en todo el territorio argentino, destacando la incorporación de tres días no laborables estratégicos para fomentar el turismo interno. Según la normativa vigente (Ley N° 27.399), el Ejecutivo tiene la facultad de fijar anualmente hasta tres días destinados a promover la actividad turística que coincidan con lunes o viernes. Para 2026, las fechas elegidas son: el lunes 23 de marzo, el viernes 10 de julio y el lunes 7 de diciembre. El mapa de los fines de semana «XL» La estrategia oficial apunta a generar descansos de cuatro días consecutivos en momentos clave del año para dinamizar sectores como la hotelería y la gastronomía. Estos serán los principales puentes: - Marzo: El lunes 23 funcionará como puente con el martes 24 (Día de la Memoria). - Julio: El viernes 10 se acoplará al feriado inamovible del jueves 9 (Día de la Independencia). - Diciembre: El lunes 7 precederá al martes 8 (Día de la Inmaculada Concepción). Además, el calendario contará con otros ocho fines de semana largos tradicionales de tres días, sumando un total de 11 periodos de descanso extendido a lo largo del año. Calendario Completo de Feriados 2026 A continuación, el detalle mes a mes de los días festivos: Primer Semestre: Entre Carnavales y fechas patrias - Enero: Jueves 1 (Año Nuevo). - Febrero: Lunes 16 y martes 17 (Carnaval). - Marzo: Lunes 23 (Fines turísticos) y martes 24 (Día de la Memoria). - Abril: Jueves 2 (Malvinas y Jueves Santo) y viernes 3 (Viernes Santo). - Mayo: Viernes 1 (Día del Trabajador) y lunes 25 (Revolución de Mayo). - Junio: Lunes 15 (Paso a la Inmortalidad de Güemes trasladado) y sábado 20 (Día de la Bandera). Segundo Semestre: Los puentes del invierno y fin de año - Julio: Jueves 9 (Día de la Independencia) y viernes 10 (Fines turísticos). - Agosto: Lunes 17 (Paso a la Inmortalidad de San Martín). - Octubre: Lunes 12 (Día del Respeto a la Diversidad Cultural). - Noviembre: Lunes 23 (Día de la Soberanía Nacional trasladado del viernes 20). - Diciembre: Lunes 7 (Fines turísticos), martes 8 (Día de la Virgen) y viernes 25 (Navidad). Impacto Económico Desde la Jefatura de Gabinete destacaron que esta distribución busca «disminuir los efectos negativos de la estacionalidad», permitiendo que los destinos turísticos mantengan niveles de ocupación estables fuera de las vacaciones de verano e invierno. Para los trabajadores del sector privado, cabe recordar que en los días no laborables (como el 23 de marzo, 10 de julio y 7 de diciembre), el descanso es opcional para el empleador, a diferencia de los feriados nacionales donde rigen las normas de descanso dominical. compartirDato Clave: El 2026 presentará una particularidad en abril, donde el feriado por Malvinas coincidirá con el Jueves Santo, concentrando la actividad conmemorativa en una misma semana.
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