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  • La Defensoria del Pueblo atendera los casos de violencia y acoso laboral en el sector publico

    » El Litoral

    Fecha: 26/12/2025 15:43

    La Defensoria del Pueblo atendera los casos de violencia y acoso laboral en el sector publico El Poder Ejecutivo propicio modificaciones a la normativa vigente que acepto la Legislatura en la ultima semana de sesiones. Se incorporaron una serie de requisitos para el registro de casos para poder tener politicas de abordaje de la problematica. El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social atendera las casos denunciados de violencia y acoso laboral en el sector privado y la Defensoria del Pueblo en las presentaciones efectuadas por empleados publicos de la provincia. Asi lo establecio la ya promulgada Ley N 14.430, que fuera aprobada el pasado jueves -primero en Diputados y luego en Senado- que modifico algunos articulos de la Ley N 14.371, sancionada en noviembre del ano pasado y que habia tenido ya vetos parciales con textos alternativos. El objetivo central de la 14.371 es prevenir, detectar, erradicar y sancionar las violencias y el acoso en el mundo del trabajo, incluidos la violencia y el acoso por razon de genero. La norma derogo la 12.434 que sobre la tematica se habia dictado en el 2005 durante el gobierno de Jorge Obeid. La administracion de Maximiliano Pullaro habia vetado, con texto alternativo aceptado por Legislatura, dos articulos de la 14.371. Era en el capitulo referido al sistema de sanciones. A sugerencia de la Fiscalia de Estado se advirtio que la norma "pretende establecer un regimen administrativo sancionatorio sin especificar las conductas punibles ni las penas correlativas", estableciendo un "regimen sancionatorio generico e indeterminado" y que "su alcance es tan ambiguo que no permite determinar con la precision que el principio de legalidad exige las conductas susceptibles de sancion". Ahora, a un ano de vigencia de la norma y con la reforma constitucional que incorpora como instituto del Estado a la Defensoria del Pueblo, se propicio la nueva modificacion. "Esta iniciativa tiene por objeto introducir modificaciones sustanciales a la Ley Provincial N. 14.371, a fin de corregir inconsistencias normativas, adecuar competencias institucionales y restituir coherencia juridica en materia de prevencion y erradicacion de las violencias y el acoso en el ambito laboral, tanto publico como privado" senala el mensaje remitido por el Ejecutivo a Legislatura con las firmas de Pullaro y del ministro de Gobierno e Innovacion Publica, Fabian Bastia. Advierte luego el Ejecutivo que la derogada Ley 12.434 preveia dos vias procedimentales para denuncias en el empleo publico: el organismo empleador o la Defensoria del Pueblo, "la cual actuo historicamente como organo especializado e independiente". Marca que la Ley 14.371 establecio como unica autoridad de aplicacion al Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social, incluso para los casos que se den en el sector publico. Esto genero dos problemas: afecta el principio de imparcialidad ya que el Ministerio de Trabajo forma parte del Poder Ejecutivo provincial, lo que lo coloca en situacion de potencial conflicto de intereses cuando deba tramitar denuncias provenientes del propio Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial o Municipal. Por otra parte, la norma desconocio del rol institucional de la Defensoria del Pueblo, "quien actualmente cuenta con el personal y los equipos tecnicos especializados en la materia", resalta. Tambien subraya que la vigente ley asigna a la inspeccion laboral funciones que resultan de imposible cumplimiento ya que como expresamente lo preve el Convenio 190 y Recomendacion 206 de la Organizacion Internacional de Trabajo, la inspeccion laboral no debe investigar o constatar violencia, sino verificar cumplimiento de obligaciones preventivas (capacitacion, protocolos, difusion, medidas, registros). El otro aspecto advertido en el mensaje del Ejecutivo es que uno de los anexos de la Ley establece un esquema procedimental unificado bajo la orbita del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y dado que hay competencias diferenciadas entre sector privado y publico, resulta indispensable, que cada uno de los organos puedan establecer su propio protocolo, el que se ajuste a las necesidades especificas de los casos abordados. Mahmud, socialista, defendio el mensaje del Ejecutivo. Foto: Flavio Raina. En el recinto, expusieron su aval a los cambios la socialista Gisel Mahmud y la justicialista Lucila De Ponti. Fueron 38 los votos positivos, hubo 5 rechazos no fundamentados y la abstencion de Juan Domingo Arganaraz (Inspirar) quien cuestiono el no funcionamiento de la Comision de Asuntos Laborales de la Camara y deslizo cuestionamientos al funcionamiento de la Defensoria del Pueblo. Las dos voceras del proyecto destacaron que en el dialogo con el Ejecutivo y con la Defensoria del Pueblo acordaron mayores precisiones a incluir en los articulos referidos al dictado del protocolo y al que preve la creacion de un registro de casos para poder tener herramientas para atender la problematica. Asi establece que cada autoridad de aplicacion debera dictar un protocolo integral de actuacion para la Prevencion, Deteccion y Erradicacion de las Violencias y el Acoso en el mundo del trabajo. Ambos deben tener un enfoque preventivo, garantizar el principio de imparcialidad en los procedimientos, e incorporar la perspectiva de genero y de derechos humanos, conforme a los estandares de la OIT. De Ponti, justicialista, sumo argumentos al nuevo texto. Foto: El Litoral. Estos estandares minimos deben asegurar: accesibilidad a los mecanismos de consulta y denuncia; confidencialidad, privacidad y proteccion de las personas involucradas; adopcion de medidas que eviten la revictimizacion y garanticen un abordaje adecuado e inmediato; intervencion interdisciplinaria y con perspectiva de genero y diversidad; y acceso a informacion, orientacion y acompanamiento durante el proceso. Tambien la gratuidad del acceso a los mecanismos de consulta, denuncia, tramitacion y abordaje previstos en la ley, sin exigencia de aranceles, tasas ni gastos de ningun tipo para las personas involucradas. En cuanto al Registro ya previsto en la norma, ahora se le agregaron disposiciones que debera cumplir. Le ordena publicar las acciones realizadas y sus resultados; difundir estadisticas periodicas desglosadas por genero, forma y sector de actividad economica; elaborar informes requeridos por la justicia; producir y analizar la informacion y difundir la aplicacion de las disposiciones; desagregar los datos e indicadores por genero para contar con un diagnostico inicial sobre la incidencia y formas de violencias sobre las mujeres y personas del colectivo de la diversidad sexual y de genero; y publicar informes del estado de violencia laboral en la Provincia.

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