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  • La UNC acompano un fallo clave por el derecho a la libertad reproductiva

    » cba24n

    Fecha: 26/12/2025 15:28

    El 25 de noviembre del presente ano, la Justicia de Cordoba condeno al Hospital Materno Neonatal Dr. Ramon Carrillo y al Ministerio de Salud de la provincia por violencias institucionales y restricciones injustificadas al derecho a la libertad reproductiva de mujeres que solicitaban la practica de ligadura de trompas. La sentencia resultado de una demanda colectiva se apoya en testimonios y pruebas documentales que evidencian practicas sistematicas que impedian el acceso a la ligadura tubaria a personas con capacidad de gestar residentes en barrios populares. La demanda, presentada hace mas de cinco anos, recopilo expedientes y relatos que denunciaban la exigencia de requisitos ilegales y obstaculos administrativos, como la solicitud de documentacion improcedente y autorizaciones de terceros para el consentimiento informado, conocidas como cartitas de amor. Estas irregularidades provocaban demoras reiteradas y multiples visitas a la institucion, profundizando la situacion de vulnerabilidad de las solicitantes. La participacion de la Facultad de Ciencias Sociales El antecedente mas relevante nos retrotrae al ano 2020, cuando la Facultad de Ciencias Sociales (FCS) de la UNC solicito ser admitida como amicus curiae en la causa ELA - Equipo Latinoamericano de Justicia y Genero y otro c/ Hospital Materno Neonatal. El objetivo fue aportar argumentos y propuestas basadas en la trayectoria de investigacion, extension y docencia de grado y posgrado de nuestra facultad, desde los enfoques de genero, feminismos e interseccionalidad. La presentacion recupero experiencias de trabajo conjunto con efectores de los distintos niveles del sistema de salud, del sistema judicial y del sistema educativo, asi como procesos de formacion y actualizacion profesional. El documento acercado al tribunal contribuyo al reconocimiento de situaciones de vulneracion de derechos sexuales y (no) reproductivos de mujeres y personas con capacidad de gestar, y propuso acciones para prevenir nuevas vulneraciones. La resolucion judicial ordena la implementacion de medidas estructurales para evitar futuras violaciones de derechos, tales como garantizar mayor informacion y transparencia en los procesos, turnos y senalizacion adecuados, capacitacion al personal y registros claros de las solicitudes. Asimismo, dispone que el Ministerio de Salud disene mecanismos de supervision que aseguren el cumplimiento de la sentencia a largo plazo. La jueza destaco la importancia de una perspectiva de genero e interseccionalidad para analizar las situaciones de vulnerabilidad de las usuarias, subrayando que la autonomia reproductiva debe garantizarse sin barreras indebidas ni requisitos discriminatorios. Si bien se reconocen avances derivados de cambios en la gestion del servicio, persisten denuncias que exigen una vigilancia constante para asegurar un acceso inmediato y sin obstaculos. Este fallo constituye un precedente juridico relevante en la defensa de la libertad (no) reproductiva y en la lucha contra la violencia institucional en el sistema de salud argentino, y puede impactar en futuras politicas y marcos de actuacion vinculados a los derechos reproductivos. Finalmente, este pronunciamiento reafirma el compromiso de la FCS con la construccion de un espacio academico abierto, atento a las demandas sociales, que produce conocimiento en dialogo con colectivos y redes institucionales, y que articula estrategias junto a otras organizaciones sociales en defensa de los derechos conquistados.

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