26/12/2025 17:44
26/12/2025 17:44
26/12/2025 17:44
26/12/2025 17:44
26/12/2025 17:44
26/12/2025 17:44
26/12/2025 17:44
26/12/2025 17:44
26/12/2025 17:44
26/12/2025 17:44
Parana » APF
Fecha: 26/12/2025 13:09
Juzgado porteno investigara el transporte por Entre Rios de casi ocho kilos de metanfetamina La Camara Federal de Parana, integrada por Beatriz Aranquren, resolvio, tomando como fundamentos la posicion del Fiscal General Interino de la provincia, dirimir el presente conflicto negativo, declarando la competencia del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N 5 de CABA para entender en las presentes, a quien se remitiran la totalidad de las actuaciones (articulo 37 del CPPN), debiendo comunicarse lo resuelto a la Jueza que previno. Asi, la Camara resolvio el conflicto de competencia que se trabo a partir de la decision de la jueza del Juzgado Federal de Concordia de declinar la competencia en su par de CABA. La jueza federal entrerriana, tras realizar las medidas investigativas correspondientes, entre las que se encuentra la orden de continuidad del paquete hacia su destino y que se efectue la entrega vigilada del material estupefaciente; disponiendo que se sustituya parcialmente- el material estupefaciente, les recibio a los sospechosos, el 11 de diciembre, declaracion indagatoria; y en misma fecha decreto su incompetencia territorial para entender en el tramite de la causa, y remitirla al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal en turno, de conformidad a lo establecido por los articulos 37 y 39 del CPPN. El caso se detecto el 3 de diciembre a raiz del operativo de control y prevencion realizado por personal del Escuadron IV Concordia- de GNA, a la altura del kilometro 240 de la RN N 14, donde se detuvo un vehiculo de transporte de encomiendas de la empresa Via Cargo, especificamente un camion marca Mercedes Benz, en que se hallo una encomienda que partio desde El Dorado con destino a CABA, llevando metanfetaminas con un peso total de 7.890 gramos. La jueza considero el dictamen del Fiscal General Interino, que entendio que el presente conflicto negativo debe resolverse asignando competencia territorial para entender en la presente causa a la Jueza a cargo del Juzgado Criminal y Correccional Federal N 5 de CABA, a quien se debera remitir la causa; poniendo en conocimiento de lo aqui resuelto al Juzgado Federal de Concordia. El Fiscal considero que atento al hecho que se investiga y que fuera imputado en autos permite la aplicacion al caso de las reglas del articulo 37, segundo parrafo, del CPPN, segun la cual En caso de delito continuado o permanente, lo sera el de la circunscripcion judicial en que ceso la continuidad o la permanencia, lo que situa al Juzgado Criminal y Correccional Federal N 5 de CABA como territorialmente competente por ser el lugar donde dicho trance ejecutivo habria concluido y anadio que otras razones como las apuntadas por la Fiscalia devienen asimismo atendibles para definir la Magistratura competente. Aranguren expreso que en esta instancia, al evacuar la vista el Senor Fiscal General Interino ante este Tribunal, reseno las actuaciones y entendio que el objeto de la instruccion es constituido por una maniobra desplegada por un grupo de personas que utilizaron un servicio de paqueteria para transportar desde Eldorado Misiones- hasta Capital Federal, una encomienda que contenia una importante cantidad de metanfetaminas. Tambien evaluo que el funcionario esbozo consideraciones respecto del transito de la mercaderia, y analizo que en numerosisimas causas originadas a partir de procedimientos en la RN N 14 de esta provincia, la competencia se ha descontado como perteneciente al Magistrado preveniente, es decir la Jueza de Concordia, en quien se deposita la legitimidad de la interceptacion de la marcha de un rodado y el seguimiento de la carga hacia destino, habitualmente situados fuera de la provincia. Asi, destaco que el fiscal senalo que esto ha resultado que el Juzgado dedique buena parte de su agenda a la conduccion de investigaciones de quienes no son finalmente imputados domiciliados en Entre Rios, comprometiendo recursos de la jurisdiccion, de un modo que no parece mitigarse en el marco de la experiencia y de la estadistica. Concluyo que no se trata de episodios eventuales, pues la metodologia que emplean se ha convertido en una de las preferidas. (APFDigital)
Ver noticia original