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» Diario Puntal
Fecha: 26/12/2025 10:52
La iniciativa propone cambios concretos en tres ejes prioritarios: la regulacion de los cuidacoches (naranjitas), la prohibicion de los limpiavidrios en la via publica y un refuerzo del marco sancionatorio vinculado a la salud publica y la proteccion de los equipos de salud, educacion y de seguridad. Respecto al cuidado de vehiculos en la via publica (vinculado a la actividad de los "naranjitas"), la reforma modifica el articulo 60 del Codigo de Convivencia y establece que: Seran sancionados quienes, sin acreditar habilitacion de la autoridad competente, exigieren retribucion economica por permitir el estacionamiento o alegar el cuidado de vehiculos en la via publica. El proyecto invita a municipios y comunas a crear regimenes de autorizacion expresa, con registros, zonas, horarios, identificacion visible y mecanismos de control, hasta tanto dicha habilitacion no exista, la actividad se considera prohibida. La norma fija sanciones que incluyen trabajo comunitario, multa o arresto, y dispone el maximo de la sancion se duplicara cuando la conducta se realice en inmediaciones de espectaculos publicos, deportivos, artisticos o culturales. Sobre los limpiavidrios se establece de manera expresa la prohibicion de la limpieza de vidrios de vehiculos en la via publica, al considerar que se trata de una practica riesgosa en cuanto a la seguridad vial y generadora de conflictos. Lo hace en el articulo 60 bis. El texto senala lo siguiente: Seran sancionados quienes ofrecieren, realizaren o intentaren realizar la limpieza de parabrisas, vidrios u otras superficies de vehiculos detenidos o en circulacion, en la via publica o en lugares de acceso publico. La norma aclara que la prohibicion alcanza especialmente a cruces semaforizados, calzadas, banquinas, playas de estacionamiento de uso publico o zonas de detencion momentanea, aun cuando no mediara solicitud previa del conductor. Al igual que en el caso de los naranjitas, las sanciones se agravan cuando estas conductas se desarrollan en el marco de espectaculos o eventos masivos. En materia de salud publica, el proyecto incorpora el articulo 75 bis, que sanciona la omision de la vacunacion obligatoria de ninas, ninos y adolescentes. Podes encontrar mas informacion al respecto en la nota de esta misma edicion: Habra multas y arrestos para los padres que no vacunen a sus hijos Por otra parte, el proyecto tambien modifica los articulos 67 y 68 del Codigo, ampliando la proteccion frente a agravios, amenazas o actos de violencia contra personal de salud, tanto en forma presencial como a traves de medios digitales. La norma dispone sanciones para quienes profieran insultos, intimidaciones o conductas que perturben, menoscaben o agraven la dignidad del personal que integra los equipos de salud. Las penas se agravan cuando los hechos ocurren dentro de establecimientos sanitarios, ponen en riesgo la integridad fisica del personal o se producen durante procedimientos oficiales. Del mismo modo, se endurecen las sanciones cuando los danos recaen sobre: Bienes afectados a servicios esenciales de salud, educacion, seguridad, transporte o justicia, al considerar que su deterioro impacta directamente en el conjunto de la comunidad. Un Codigo mas preventivo y actualizado La reforma se enmarca en una actualizacion integral del regimen contravencional, que refuerza el rol del Ministerio de Seguridad como autoridad de aplicacion y consolida un enfoque preventivo, proporcional y orientado a la gestion temprana de los conflictos. Con estas modificaciones, la Provincia busca ordenar el espacio publico, mejorar la convivencia y proteger derechos esenciales, brindando herramientas claras al Estado para actuar frente a practicas que generan intimidacion, riesgo vial o afectan el normal funcionamiento del sistema de salud.
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