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  • Cautelar a favor del sistema universitario: deberan aplicarse los articulos clave de la Ley de Financiamiento

    » Santo Tome al dia

    Fecha: 24/12/2025 15:31

    El Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N. 11 resolvio otorgar una medida cautelar a favor del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), al disponer que se restituya de manera provisoria la vigencia de los articulos 5 y 6 de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario. La resolucion judicial deja sin efecto el decreto del Poder Ejecutivo que habia suspendido la aplicacion de esa ley, bajo el argumento de que no contaba con una prevision presupuestaria expresa. Los articulos restituidos establecen la actualizacion y recomposicion de los salarios de docentes y no docentes, asi como la actualizacion automatica del monto de las becas estudiantiles, de acuerdo con los indices inflacionarios. En su decision, el juez Martin Cormick considero que existia una situacion de arbitrariedad e ilegalidad manifiesta, por parte del Ejecutivo nacional. La medida representa un respaldo judicial al reclamo del sistema universitario, que habia cuestionado el decreto presidencial 795/2025, firmado meses despues de la sancion de la ley por el Congreso. Segun sostuvo el Ejecutivo en su momento, la norma debia quedar en suspenso hasta tanto el Congreso aprobara el financiamiento correspondiente. Esa interpretacion dejo sin efecto, en la practica, los mecanismos de actualizacion salarial y de becas previstos. En octubre pasado, el CIN inicio un proceso colectivo ante la Justicia para reclamar la inconstitucionalidad del decreto y exigir el cumplimiento inmediato de los articulos centrales de la ley. En su presentacion, el organismo advirtio que la falta de actualizacion de salarios y becas afectaba el funcionamiento del sistema universitario y el derecho a la educacion, asi como los ingresos de miles de trabajadores del sector. Al hacer lugar a la medida cautelar, el juez Cormick sostuvo que el caso configuraba una afectacion colectiva de caracter urgente, y que el incumplimiento del Estado generaba una lesion concreta a derechos constitucionales, como el acceso a la educacion y la autonomia universitaria. La decision judicial restablece de manera provisoria la vigencia de los articulos impugnados, mientras se resuelve el fondo del planteo. En ese marco, las universidades nacionales deberan recibir los fondos necesarios para actualizar salarios y becas conforme al indice inflacionario, hasta tanto exista una resolucion definitiva sobre la constitucionalidad del decreto presidencial.

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