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Fecha: 24/12/2025 14:44
Se aprobó el Presupuesto 2026 de Santa Cruz: una modificación sobre sueldos de vocales del TSJ, endeudamiento y gastos Fue aprobado por 19 votos a favor y 5 en contra. En ese contexto, la Legislatura incorporó y aprobó el artículo 35, que autoriza el pago parcial de haberes a los vocales del Tribunal Superior de Justicia designados por la Ley N° 3949. El proyecto de Presupuesto 2026 de la provincia de Santa Cruz fue aprobado 19 a favor y 5 en contra en la 6° sesión extraordinaria realizada hoy 24 de diciembre, a horas de la Nochebuena. Algunos diputados participaron de la sesión de forma virtual. Luego se votó en particular, es decir, artículo por artículo, en donde hubo algunas disidencias, como fueron los artículos 22, 23 y 24, en donde estos dos últimos se refieren a las operaciones de crédito y endeudamiento de la provincia, el cual tuvo 17 votos a favor. La norma madre del Gobierno, detalla un escenario de desequilibrio financiero entre los recursos previstos y el nivel de gasto proyectado para el próximo ejercicio. Según la información enviada a la Legislatura, el gasto total asciende a $3.244.867.563.642, mientras que los recursos totales estimados alcanzan los $2.905.047.115.420. Esta diferencia arroja un resultado financiero deficitario de $339.820.448.222. Para cubrir esa brecha, el Ejecutivo provincial prevé fuentes de financiamiento por $356.812.150.917. Dichos recursos estarán integrados casi en su totalidad por endeudamiento público y por el incremento de otros pasivos, lo que refleja una dependencia del crédito para sostener el funcionamiento del Estado durante el ejercicio 2026. Este esquema constituye uno de los ejes centrales del debate legislativo desarrollado el miércoles 24 de diciembre. Uno de los aspectos más destacados del proyecto es el predominio del gasto corriente, que representa el 98,14% del total del presupuesto. Dentro de esta categoría, las remuneraciones al personal concentran el mayor volumen, con $1.429.262.329.414 destinados al pago de salarios. A ello se suman las prestaciones de la seguridad social, que demandarán $783.617.670.583, principalmente vinculadas al pago de jubilaciones y pensiones. El funcionamiento cotidiano del Estado provincial, a través del consumo de bienes y servicios, insumirá $393.253.351.161. En paralelo, se asignan $572.303.940.971 a transferencias corrientes. De este último monto, el 77,8% -equivalente a aproximadamente $445.733 millones- estará destinado al sector público, incluyendo municipios y entes descentralizados. En contraste con el peso del gasto operativo, los recursos asignados a inversión real y gastos de capital resultan limitados. El total previsto para gastos de capital asciende a $60.244.959.510. De ese monto, $59.739.562.199 corresponden a inversión real directa, con $40.017 millones destinados a construcciones de dominio público y $14.708 millones a la adquisición de maquinaria y equipos. Las transferencias de capital alcanzan los $418.902.311, evidenciando un margen reducido para obras y proyectos ejecutados por terceros. El Presupuesto 2026 también detalla la estructura de recursos humanos del Estado provincial. Se fijan 36.452 cargos en total, de los cuales 35.111 corresponden a planta permanente y 1.341 a cargos temporarios. Además, se contemplan 96.535 horas cátedra, concentradas íntegramente en la Administración Central, específicamente en el Consejo Provincial de Educación. En cuanto a la distribución de cargos por áreas, Educación concentra la mayor cantidad, con 14.320 cargos. Le siguen el área de Seguridad -Ministerio de Seguridad y Policía- con 7.175 cargos, Salud y Ambiente con 5.904 cargos, y el Poder Judicial con 2.849 cargos. El proyecto incorpora además diversas herramientas de gestión financiera. Se autoriza al Poder Ejecutivo a emitir Letras del Tesoro por un valor nominal en circulación de hasta $100.000.000.000, destinadas a cubrir desfasajes estacionales de caja, con la obligación de que sean canceladas dentro del mismo ejercicio fiscal. Asimismo, se faculta al Ministerio de Economía a financiar los déficits de la Caja de Previsión Social y de la Caja de Servicios Sociales. En materia de administración del personal, el presupuesto habilita modificaciones vinculadas a la planta de personal, permitiendo el pase de agentes contratados a planta permanente, siempre que no se incremente el número total de cargos. En relación con los municipios, se prevé la posibilidad de asistencia financiera mediante Aportes del Tesoro Provincial para atender desequilibrios debidamente fundados y se extiende la vigencia de la Ley de Contabilidad N° 760 para municipios y comisiones de fomento hasta el año 2027 inclusive. Modificación sueldos de vocales del TSJ En este marco general de discusión presupuestaria, la Legislatura incorporó y aprobó una modificación puntual: el artículo 35, de autoría de la diputada Adriana Nieto. La incorporación del artículo fue aprobada por 13 votos afirmativos, 10 negativos y una abstención. El artículo autoriza al Ministerio de Economía de la provincia a efectuar la liquidación y el pago inmediato del 50% del total de los haberes correspondientes a los vocales del Tribunal Superior de Justicia designados en el marco de la Ley N° 3949, considerando que la situación judicial de dicha ley no se encuentra resuelta con el alcance de cosa juzgada y que, desde la asunción de los nuevos integrantes, estos no han percibido haberes. La modificación se vincula directamente con el estado judicial de la Ley N° 3949, que había ampliado de cinco a nueve el número de vocalías del Tribunal Superior de Justicia, por lo que los nuevos vocales aún no percibieron sus sueldos. Dicha norma fue declarada inconstitucional por el propio TSJ, al considerarse inválido el mecanismo de entrada en vigencia. El fallo anuló todos los actos derivados de la ley y restableció la integración anterior del máximo tribunal, pese a que la norma había sido aprobada por la Legislatura el 28 de agosto, se habían aprobado las ternas y habían asumido cuatro nuevos vocales. El artículo aprobado establece que, si por sentencia firme la Ley 3949 fuera declarada constitucional, el gasto generado será imputado de manera definitiva al ejercicio presupuestario 2026 del Poder Judicial. En caso contrario, se suspenderá de manera automática el pago previsto y se habilita al Estado provincial a recuperar los fondos abonados. El texto fundamenta la autorización en las obligaciones asumidas por el Estado provincial en el marco de la Convención Interamericana sobre Obligaciones Alimentarias, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los derechos y garantías constitucionales que reconocen al salario como de carácter alimentario. El tratamiento del Presupuesto 2026 continúa en un escenario marcado por el déficit fiscal, la fuerte concentración del gasto corriente y un debate institucional abierto en torno al funcionamiento del Poder Judicial, mientras la situación legal de la Ley 3949 permanece judicializada y sin resolución firme.
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