Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • AUNQUE HAYA TESTAMENTO: la nueva ley que puede dejar a herederos sin herencia

    » Catamarca Actual

    Fecha: 24/12/2025 08:39

    Cuando una persona muere, la creencia general es que su testamento garantiza el destino final de sus bienes. Sin embargo, en Argentina esa certeza ya no es absoluta. A partir de las disposiciones vigentes del Código Civil y Comercial de la Nación, un heredero puede quedar totalmente excluido de la herencia aun cuando figure expresamente en el testamento. La clave está en la figura de la indignidad para suceder, un mecanismo legal que permite declarar nula la voluntad del testador respecto de determinadas personas si se configuran causales previstas por la ley. En esos casos, se abre un escenario inesperado: los bienes no se entregan según lo escrito, sino conforme a las reglas de la sucesión intestada. Testamento bajo la lupa: cuándo puede quedar sin efecto El Código Civil y Comercial establece que un testamento no es intocable. Puede ser impugnado y declarado nulo si se comprueba que viola normas legales o presenta vicios graves. Entre las principales causas se encuentran: - La violación de una prohibición legal. - Defectos formales en su redacción o instrumentación. - Que el testador no estuviera en pleno uso de sus facultades mentales al momento de firmarlo. - Que haya sido otorgado por una persona judicialmente declarada incapaz. - La imposibilidad del testador de comunicarse correctamente, sin cumplir los recaudos legales. - La existencia de error, dolo o violencia al momento de otorgarlo. - En cualquiera de estas situaciones, la Justicia puede invalidar total o parcialmente el testamento. - Sucesión testamentaria vs. sucesión intestada En Argentina conviven dos sistemas sucesorios. La sucesión testamentaria se aplica cuando existe un testamento válido que expresa la voluntad del fallecido. No obstante, esa libertad tiene un límite: la legítima hereditaria, que garantiza una porción mínima del patrimonio a los herederos forzosos, como hijos, padres y cónyuge. Por otro lado, la sucesión intestada entra en juego cuando no hay testamento, cuando este es inválido o cuando no abarca todos los bienes. En ese caso, es la ley —y no la voluntad del fallecido— la que determina quién hereda y en qué proporción. El orden legal de los herederos El artículo 2340 del Código Civil y Comercial fija un orden estricto de llamamiento hereditario: - Descendientes (hijos y nietos), que tienen prioridad absoluta. - Ascendientes (padres y abuelos), si no hay descendientes. - Cónyuge, que hereda junto con descendientes o ascendientes, según el caso. - Colaterales (hermanos, sobrinos), solo en ausencia de los anteriores. - El Estado, cuando no existen herederos. Si no hay familiares ni legatarios, se configura la llamada herencia vacante, y los bienes pasan al Estado. Aun así, si aparece luego alguien con derechos sucesorios, puede reclamarlos judicialmente, aunque deberá aceptar los bienes en el estado en que se encuentren. Indignidad: cuando la herencia se pierde Ser declarado heredero indigno implica la exclusión total de la sucesión. Esto puede ocurrir por conductas graves previstas por la ley, y tiene consecuencias contundentes: el heredero pierde todo derecho sobre los bienes, aun cuando el testamento lo favorezca. El objetivo del sistema no es solo respetar la voluntad del fallecido, sino también preservar principios de justicia y equidad familiar. Por eso, los derechos de los herederos forzosos no pueden ser ignorados ni siquiera por un testamento. Un equilibrio entre voluntad y ley El régimen sucesorio argentino busca un delicado equilibrio: respetar la última voluntad de quien muere, pero sin dejar de proteger a los familiares directos y evitar abusos o situaciones injustas. La nueva interpretación y aplicación de estas normas deja un mensaje claro: tener un testamento no siempre garantiza heredar. En un contexto donde cada vez más familias recurren a la planificación patrimonial, conocer estas reglas resulta clave para evitar sorpresas, conflictos judiciales y herencias que nunca llegan a destino.

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por