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» El cordillerano
Fecha: 23/12/2025 21:33
ACTUALIZACIÓN Y RECOMPOSICIÓN DE SALARIOS La Justicia dio lugar a una cautelar para el cumplimiento de la Ley de Financiamiento Universitario En una decisión trascendental para el ámbito educativo y financiero del país, la Justicia argentina ha decidido admitir una medida cautelar que obliga al Presidente a implementar partes cruciales de una legislación importante: la Ley de Financiamiento Universitario, conocida oficialmente como Ley 27.795. El juez a cargo del caso en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal n° 11, Martín Cormick, respondió favorablemente a una petición presentada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN). La solicitud buscaba instar al gobierno a seguir todos los preceptos indicados en los artículos 5° y 6° de la mencionada ley. Estos pasajes críticos de la legislación actual establecen procedimientos clave para la actualización de los salarios de los docentes y no docentes que forman parte de las universidades públicas del país, así como del ajuste necesario de las becas estudiantiles con base en el índice de inflación. Esta medida se hace particularmente relevante en la luz de la suspensión de la aplicación de la ley que fue decretada inicialmente por el gobierno liderado por Javier Milei. A través del Decreto 795/2025, el Ejecutivo optó por pausar la implementación basándose en que la ley no detallaba explícitamente el origen de los fondos necesarios para actuar como sustento del financiamiento educativo estipulado. Esto produjo un fuerte entrelace de decisiones entre instituciones educativas y el gobierno central. En respuesta a esta suspensión y sus implicaciones, el Consejo Interuniversitario Nacional decidió llevar la causa ante la justicia en octubre de 2025, promoviendo de este modo una conversación judicial en torno a la posible inconstitucionalidad del decreto mencionado. La preocupación principal giraba en torno al desgaste progresivo en el poder adquisitivo de los involucrados, sumado al flujo problemático de la operatividad universitaria, y el riesgo latente ante la violación potencial a derechos fundamentales como el derecho a la educación y la autonomía institucional. El reciente fallo del juez Cormick, luego de un análisis detenido, resultó en un mandato que obliga a dejar en desuso la medida impugnada que acompañaba el decreto presidencial. El juez clasificó este compromiso como un/ano daño evidente a los derechos cubiertos bajo la Constitución, por la clara omisión de responsabilidades gubernamentales.
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