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  • La Justicia ordenó al Gobierno aplicar de forma inmediata la ley de financiamiento universitario

    » El Esquiu

    Fecha: 23/12/2025 20:08

    La Justicia ordenó al Gobierno aplicar de forma inmediata la ley de financiamiento universitario Un juez federal dejó sin efecto, de manera cautelar, el decreto que había suspendido la actualización de salarios docentes y becas, al considerar que la medida del Ejecutivo resulta arbitraria e inconstitucional.La Justicia federal le ordenó este martes al Poder Ejecutivo aplicar de manera inmediata la ley de financiamiento universitario y suspendió, en forma cautelar, el decreto que había frenado la actualización de los salarios docentes y las becas estudiantiles. La decisión fue adoptada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11, a cargo del juez Martín Cormick, en el marco de una acción de amparo presentada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y otras entidades del sistema universitario. Según confirmaron fuentes judiciales, el magistrado declaró inaplicable el decreto 759/2025 en los aspectos que condicionaban la ejecución de la ley 27.795 a la definición previa de fuentes de financiamiento por parte del Congreso. En el fallo, el juez consideró que la suspensión dispuesta por el Ejecutivo aparece, en esta etapa preliminar del proceso, como una conducta arbitraria y contraria a la Constitución Nacional. En ese sentido, sostuvo que, tras la insistencia legislativa de ambas cámaras prevista en el artículo 83 de la Carta Magna, “no admitiría, a priori, una variante suspensiva” para la promulgación y aplicación de la norma. La resolución hizo lugar a la medida cautelar y ordenó al Estado cumplir de inmediato con los artículos 5 y 6 de la ley, que establecen la actualización de las partidas destinadas al pago de salarios docentes y la recomposición automática de las becas estudiantiles. La cautelar tendrá vigencia hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión. Entre sus fundamentos, Cormick advirtió que el incumplimiento del deber normativo genera “perjuicios graves de imposible reparación ulterior”, al señalar la pérdida sostenida del poder adquisitivo de los ingresos del sector universitario. Además, indicó que esta situación compromete derechos laborales protegidos tanto por la Constitución como por tratados internacionales de derechos humanos. El magistrado también rechazó el argumento del interés público esgrimido por el Gobierno y remarcó que el deterioro salarial impacta no solo en los trabajadores universitarios, sino también en el derecho a enseñar y aprender. En ese marco, señaló que el eventual ahorro fiscal derivado de la suspensión tendría una incidencia reducida, estimada en torno al 0,23 % del Producto Bruto Interno. Asimismo, el fallo cuestionó la decisión del Ejecutivo por considerar que podría vulnerar el principio de división de poderes, al intentar condicionar la vigencia de una ley insistida por el Congreso mediante una norma de jerarquía inferior. No obstante, aclaró que la medida se dicta en un estadio preliminar del proceso y no implica un adelanto de opinión sobre la resolución definitiva del caso. Fuente:Noticias Argentinas

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