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  • Autorizaron el traslado de mascotas en trenes y micros de larga distancia

    » Diario Chaco

    Fecha: 23/12/2025 14:04

    Viajar con tu mascota ahora es más fácil: la Secretaría de Transporte autorizó el traslado de animales domésticos en los servicios de transporte automotor y ferroviario de pasajeros de larga distancia, de jurisdicción nacional. Lo hizo a través de la resolución 2076/2025, publicada este martes. La medida responde a la necesidad de adaptar la normativa vigente a las condiciones actuales del sector y de eliminar limitaciones al traslado de animales, estableciendo reglas para la protección, el bienestar y la seguridad, tanto de los animales como de los pasajeros. La normativa señala que será necesario "establecer con claridad los días, horarios y modalidades para dichos traslados", de modo de preservar la calidad del servicio, "de conformidad con los parámetros internacionales aplicables a la materia y con las recomendaciones y normativa emitidas en el marco del ‘Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos’". Según lo dispuesto en el anexo de la normativa, el pasajero que viaje con un animal será responsable, en todo momento, de su custodia, bienestar, salud y seguridad. Asimismo, deberá garantizar que el animal no genere riesgos ni molestias al resto de los usuarios y cumplir con todas las disposiciones administrativas vigentes. El traslado deberá efectuarse dentro de un contenedor o transportín cerrado, diseñado especialmente para animales, que asegure condiciones adecuadas de salubridad y protección. Este elemento deberá colocarse sobre la falda del pasajero responsable, debajo del asiento delantero o sobre el asiento contiguo a la ventana y, en caso de ocupar un asiento, deberá estar correctamente sujetado con el cinturón de seguridad. El objetivo de estas medidas es prevenir accidentes y resguardar al animal durante todo el viaje. Los pasajeros deberán contar con la constancia de vacunación antirrábica del animal, así como con cualquier otra certificación exigida por la normativa vigente. Esta documentación podrá ser requerida tanto al momento de abordar como durante el trayecto por el personal de la empresa. Solo se autorizará el traslado de un animal doméstico por pasajero mayor de edad y no se permitirá más de uno por canil o elemento de transporte. En cuanto al costo del servicio, la resolución habilita a las empresas de transporte automotor y ferroviario a establecer una tarifa específica para el traslado de animales domésticos, de acuerdo con las condiciones del mercado. No obstante, se aclara que los perros guía o de asistencia que acompañen a personas con discapacidad estarán exceptuados del pago y deberán ser transportados de manera gratuita, en cumplimiento de la Ley 26.858. La iniciativa busca adecuar el sistema de transporte a los cambios en las dinámicas sociales y a las nuevas necesidades de los usuarios. En ese marco, las empresas también podrán fijar condiciones y limitaciones adicionales, como definir especies, subespecies, razas, pesos, edades y dimensiones permitidas, además de otros requisitos que consideren necesarios. A su vez, deberán establecer los procedimientos de limpieza y desinfección de las unidades luego de cada traslado. La normativa también autoriza a las empresas a organizar recorridos y frecuencias específicas para identificar los servicios que admitan animales, facilitando la planificación tanto para los pasajeros como para los operadores.

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