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  • El Gobierno habilitó el traslado de mascotas en micros y trenes de larga distancia

    » El Eco Tandil

    Fecha: 23/12/2025 13:47

    El Gobierno habilitó el traslado de mascotas en micros y trenes de larga distancia La medida fue oficializada por resolución y establece condiciones estrictas de seguridad y salubridad. El Gobierno Nacional, a través de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, subsanó un vacío legal y equiparó los servicios de micros y trenes de larga distancia con los estándares vigentes en el sector aéreo, al permitir el traslado de mascotas bajo un régimen regulado. Recibí las noticias en tu email Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa medida fue oficializada mediante la Resolución 2076/2025 y establece condiciones estrictas orientadas a garantizar la seguridad vial y la salubridad. El traslado no será libre: los animales no podrán viajar sueltos y deberán hacerlo obligatoriamente dentro de un contenedor o transportador adecuado, que deberá permanecer cerrado durante todo el trayecto. El contenedor cuenta con tres ubicaciones autorizadas: sobre la falda del pasajero responsable, debajo del asiento delantero o en el asiento contiguo, siempre que se haya adquirido el pasaje correspondiente y que el transportador esté asegurado con el cinturón de seguridad. La normativa determina que el “sujeto responsable” debe ser un pasajero mayor de edad, quien asume la tutela total del animal durante el viaje. Además, será condición indispensable portar y exhibir la constancia de vacunación antirrábica vigente, junto con cualquier otra documentación que pueda requerirse al momento del abordaje o durante la fiscalización. El dueño del animal será garante de que la mascota no genere molestias a terceros y deberá velar por su custodia y bienestar integral. La resolución autoriza el traslado de un solo animal doméstico por pasajero adulto. Asimismo, la norma otorga a las empresas de transporte la potestad de regular los aspectos operativos del servicio. Las compañías podrán definir qué especies, razas, pesos y dimensiones estarán permitidas, así como establecer limitaciones en días, horarios y recorridos específicos. La resolución también habilita el cobro de una tarifa por el traslado de la mascota. Este valor deberá ser razonable, acorde al mercado y comunicado con total transparencia, en cumplimiento de la Ley de Defensa del Consumidor. Además, será obligación de las empresas garantizar la limpieza y desinfección de los asientos luego de cada viaje para asegurar su aptitud para futuros pasajeros. En ese marco, las estaciones y paradas deberán adaptarse para ofrecer espacios señalizados y acondicionados que faciliten la espera y el abordaje de estos nuevos “pasajeros”. La normativa alcanza a las mascotas en general, mientras que los perros guía o de asistencia para personas con discapacidad mantienen su régimen legal preexistente y no se ven afectados por las nuevas limitaciones ni por el cobro de tarifas. La medida representa un avance en la modernización y desburocratización del transporte federal, al reconocer el derecho de los usuarios a viajar con sus animales de compañía, dentro de un esquema de responsabilidad civil y seguridad operativa.

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