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» Informate Salta
Fecha: 22/12/2025 12:33
Un motociclista acostado sobre el asiento de su moto, avanzando por la avenida Bolivia, volvió a exponer una postal que ya no sorprende, pero sí alarma: la naturalización de la irresponsabilidad vial en el espacio público. Las imágenes no admiten dudas ni relativizaciones. Hay una acción deliberada, ejecutada en plena vía pública, que pone en riesgo no solo la vida del propio conductor sino también la de terceros que circulaban con normalidad por una de las arterias más transitadas de la ciudad. No fue una “avivada” ni una travesura para las redes sociales. Fue la comisión de un delito penal, claramente encuadrado en el artículo 193 bis del Código Penal. La norma es explícita: será reprimido con prisión de seis meses a tres años e inhabilitación especial para conducir por el doble del tiempo de la condena quien genere una situación de peligro para la vida o la integridad física de las personas mediante la realización de pruebas de velocidad o destreza con un vehículo automotor sin la debida autorización de la autoridad competente. La ley apunta precisamente a desalentar prácticas que convierten calles y avenidas en escenarios de riesgo permanente, donde un segundo de imprudencia puede terminar en una tragedia irreversible. A la sanción penal se suma el régimen local. La Ordenanza Municipal N° 14.395 también contempla este tipo de conductas temerarias con multas que van de 100 a 300 Unidades Fijas, a criterio del Juez de Faltas, además de la quita de puntos del scoring.
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