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  • La Junta Electoral abre expediente a Sánchez por "criticar" a las comunidades autónomas del PP

    » Diario Cordoba

    Fecha: 19/12/2025 17:55

    La Junta Electoral Central (JEC) ha abierto expediente a Pedro Sánchez por las declaraciones que ofreció el pasado lunes, durante su comparecencia para hacer balance del año 2025, al considerar que sus palabras podrían vulnerar la prohibición establecida en el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) que recoge la necesidad de que los poderes públicos actúen con "neutralidad política" durante los periodos electorales. Así, consideran que podría haber vulnerado este precepto en plena campaña electoral de Extremadura al "criticar" la política seguida por las comunidades autónomas gobernadas por el PP. Tras una denuncia de los populares ante la JEC en la que acusaban a Sánchez de haber difundido "mensajes políticos partidistas, incumpliendo con los principios de objetividad, transparencia e igualdad" que exige la norma, el árbitro electoral ha determinado que el presidente del Gobierno realizó "una serie de apreciaciones críticas de la actuación de los líderes destacados de otros partidos políticos, así como de la política seguida por las comunidades autónomas gobernadas por los partidos de la oposición". La Junta Electoral Central matiza que Sánchez está en todo su derecho de ejercer su "derecho fundamental a la libertad de expresión y opinión, y a realizar una crítica de la actuación de otros partidos políticos". Sin embargo, añaden, "no puede hacerlo prevaliéndose de la utilización de los medios públicos de los que dispone en razón de su cargo público". Es decir, la sanción se debe a que esas opiniones las pronunció en una rueda de prensa en la que estaba en el papel de presidente del Gobierno y valiéndose de los recursos de ese puesto. Las explicaciones En el expediente se detalla que la representación de Sánchez defendió que en el acto 'Cumpliendo' "no se estaba realizando una exposición de logros, sino que se trataba de un acto de rendición de cuentas respecto de la acción del Gobierno" y que la exigencia de neutralidad se debe exigir a aquellos poderes del ámbito territorial afectado por las elecciones: "Lo contrario, entiende que conduciría a la parálisis política tanto de España como de la Unión Europea". Además, subrayan que el acto estaba previsto antes de la convocatoria electoral en Extremadura. No obstante, la JEC ha acordado estimar la denuncia y declarar que las manifestaciones vertidas podrían vulnerar la LOREG, por lo que instan al presidente del Gobierno a que "se abstenga de realizar actuaciones como la examinada que puedan suponer la vulneración del deber de neutralidad exigido a las autoridades públicas" y incoan un expediente al jefe del Ejecutivo. Ante esta decisión, Sánchez solo puede presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo. Los antecedentes El Ejecutivo tiene ya asumidas las sanciones de la Junta Electoral Central. Desde las elecciones autonómicas en mayo de 2023 y hasta los comicios europeos de junio de 2024, los miembros del Gobierno acumularon cerca de 12.000 euros en sanciones impuestas por el árbitro electoral. En concreto, Sánchez acumuló tres expedientes sancionadores. El primero, por unas declaraciones críticas con PP y Vox que pronunció en Bruselas antes de las elecciones generales. Otro por una visita al astillero de Navantia en Ferrol antes de las elecciones gallegas de 2024. Y, el último, por ensalzar la figura de Salvador Illa en un acto oficial en Doha (Qatar) durante la última campaña electoral catalana. Las tres infracciones le supusieron más de 3.700 euros.

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