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  • El Concejo municipal aprobó un nuevo marco normativo para el transporte privado de pasajeros

    » Rafaela Noticias

    Fecha: 19/12/2025 00:02

    El Concejo municipal aprobó un nuevo marco normativo para el transporte privado de pasajeros Por Redacción Rafaela Noticias El Concejo Municipal de Rafaela aprobó una nueva ordenanza que crea el Régimen de Movilidad Urbana por Vehículos de Alquiler con Conductor, un marco normativo que unifica y regula tanto el servicio tradicional de remises como el funcionamiento de las plataformas electrónicas de intermediación para el transporte de personas. El nuevo marco legal pone fin a una discusión que lleva más de 100 días y que enfrentó a remiseros y choferes de Didi. El debate estuvo marcado por la tensión y el cruce político entre los bloques de Unidos y el PJ y el que conformó La Libertad Avanza, lo que obligó a la intervención de la Presidenta Mabel Fosatti para ordenar la discusión. En la barra, en encontraban remiseros y simpatizantes de La Libertad Avanza, que también se metieron en varias ocasiones en la discusión parlamentaria La norma reemplaza el régimen vigente hasta el momento y establece reglas comunes para ambos sistemas, además de disposiciones específicas para cada uno. El servicio queda definido como privado de interés público, sujeto al poder de policía municipal, y tendrá como autoridad de aplicación a la Secretaría de Gobierno y Modernización. Uno de los ejes centrales de la ordenanza es la creación de un Registro Único de Vehículos, Conductores, Agencias y Plataformas, en el que deberán inscribirse obligatoriamente todos los actores que presten este tipo de servicios en la ciudad. ¿Cuáles serán los requisitos que deberán cumplir remises y choferes de aplicaciones? La ordenanza fija condiciones generales para los vehículos afectados al servicio, entre ellas una antigüedad máxima de 15 años, un mínimo de cuatro puertas, capacidad para hasta cuatro pasajeros, revisión técnica obligatoria vigente, inspecciones mecánicas periódicas, seguro correspondiente, higiene interior y radicación en la ciudad de Rafaela. En cuanto a los conductores, se exige licencia profesional clase D1 emitida por el municipio, certificados de libre deuda y buena conducta, y el cumplimiento estricto de las normas de tránsito. La normativa prevé sanciones agravadas en casos de reincidencia y la inhabilitación definitiva ante situaciones graves como agresiones a usuarios o conducción bajo los efectos del alcohol o drogas. Asimismo, se detallan derechos de los usuarios, entre ellos viajar en condiciones de seguridad e higiene, exigir comprobantes del servicio, realizar reclamos ante el municipio y recibir asistencia en casos de discapacidad, personas mayores o embarazadas. Para el sistema de remises, la ordenanza redefine el rol de los permisionarios y de las agencias, que serán las únicas habilitadas para prestar el servicio. Cada agencia deberá contar con un mínimo de diez vehículos y cumplir requisitos edilicios, de seguridad y de ubicación, respetando distancias mínimas respecto de paradas de taxis y otras agencias. Se mantiene la prohibición de tomar pasajeros en la vía pública, con una excepción puntual: el municipio podrá habilitar espacios especiales de ascenso sin contratación previa en zonas de espectáculos públicos, en horarios nocturnos y durante fines de semana y feriados. Los vehículos de remises podránser de blanco, exhibir obleas identificatorias oficiales y portar una tarjeta con los datos del conductor, del permisionario y de la agencia que será visible para el pasajero. La norma también regula un régimen de sanciones que incluye multas, apercibimientos, inhabilitaciones y clausuras temporarias o definitivas. Regulación de plataformas electrónicas Uno de los puntos más relevantes de la ordenanza es la incorporación formal de las plataformas digitales de transporte al sistema regulado. Las empresas intermediarias deberán inscribirse en el registro municipal, constituir domicilio legal en Rafaela, designar un representante local y cumplir con obligaciones fiscales, administrativas y de información. Entre otros requisitos, las plataformas deberán garantizar que solo operen conductores y vehículos habilitados, informar previamente el precio del viaje, permitir pagos electrónicos y en efectivo, y contar con seguros específicos aprobados por la Superintendencia de Seguros de la Nación. Además, estarán obligadas a brindar al municipio información sobre conductores, recorridos, montos cobrados y datos georreferenciados, respetando la normativa de protección de datos personales. La ordenanza establece que taxis y remises habilitados podrán operar también a través de plataformas electrónicas, aplicándose en esos casos la tarifa digital definida por la aplicación. Finalmente, se deroga la ordenanza anterior que regulaba el servicio de remises y se otorga a las plataformas electrónicas un plazo de 30 días corridos para adecuarse plenamente a las nuevas exigencias. El Departamento Ejecutivo Municipal queda facultado para dictar la reglamentación necesaria para la implementación de la norma.

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