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  • Reforma Laboral: la CGT se moviliza contra proyecto de Milei

    Concordia » Libre Entre Rios

    Fecha: 17/12/2025 21:32

    Compartilo con La Confederación General del Trabajo presentó un extenso documento técnico donde desmenuza el proyecto de Reforma Laboral del Gobierno y anuncia una movilización a Plaza de Mayo para este jueves 18 de diciembre, iniciando un plan de lucha escalonado. A pocas horas de una jornada de protesta que promete tensionar aún más el clima político, la Confederación General del Trabajo difundió un análisis exhaustivo del proyecto de “Ley de Modernización Laboral” enviado por el Gobierno nacional al Senado. El documento, al que accedió este medio, plantea que la iniciativa oficial “reduce el alcance de libertad sindical y amplía el poder de los empleadores y del Estado en perjuicio de los trabajadores”. El Consejo Directivo de la CGT acordó que este jueves 18 de diciembre realizará una movilización hacia Plaza de Mayo, como parte de un plan de lucha que incluirá “medidas graduales” contra el Gobierno de Javier Milei. La protesta busca visibilizar el rechazo sindical en momentos críticos: el proyecto ya ingresó al Senado y comenzó su tratamiento en comisiones. El documento técnico: punto por punto, las críticas cegetistas El análisis elaborado por especialistas de la CGT disecciona cada uno de los títulos del proyecto gubernamental, identificando lo que consideran retrocesos en materia de derechos laborales. Contratos de trabajo: “Fraude laboral y desprotección” Artículo 2 – Ámbito de aplicación: La CGT señala que excluir de la Ley de Contrato de Trabajo a contrataciones de transporte, flete y prestadores de plataformas tecnológicas “deja desprotegidos a miles de trabajadores que hoy realizan tareas en relación de dependencia encubierta”. Artículos 29, 29bis y 30 – Responsabilidad solidaria: El documento es categórico: “Se limita la responsabilidad solidaria del principal en la cadena de subcontratación favoreciendo el fraude laboral y desprotegiendo los créditos laborales”. La modificación permitiría que las empresas principales se desprendan de responsabilidades simplemente exigiendo documentación formal a contratistas, sin verificar el cumplimiento efectivo. Artículo 245 – Indemnizaciones: La CGT denuncia que se “excluye al aguinaldo y otros rubros de la base de cálculo para la indemnización por despido sin causa” y que se “elimina el derecho del trabajador de reclamar la indemnización correspondiente ante la falta de registración o registración deficiente”. Si bien el Gobierno aclara que la legislación vigente tampoco incluye el aguinaldo en el cálculo, la central obrera considera que se pierde una oportunidad de ampliar derechos. Artículo 154 – Vacaciones: “Habilita al empleador a fraccionar las vacaciones de los trabajadores en períodos de 7 días”, lo que según la CGT atenta contra el derecho al descanso efectivo. Artículo 228 – Transferencia de establecimientos: Se “limita la responsabilidad solidaria del empleador adquirente desprotegiendo los créditos laborales”, permitiendo que nuevos dueños aleguen “desconocimiento” de deudas preexistentes. Artículo 48 – Período de prueba: “Elimina la obligación del empleador de preavisar el despido al trabajador en el periodo de prueba”, generando mayor inestabilidad en los primeros meses de empleo. Fondo de Asistencia Laboral: “No garantiza nada” El FAL es uno de los puntos más controvertidos. Según el proyecto, cada empleador conformará una cuenta individual en fondos administrados por entidades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores, con aportes obligatorios del 3% de las remuneraciones. La CGT identifica múltiples problemas: Desfinanciamiento previsional: “Actualmente el empleador destina ese 3% al ANSES para sustentar el sistema de jubilaciones y pensiones, o sea desfinancia el sistema.” Opcionalidad: “El empleador podrá optar por utilizar o no los recursos de la cuenta. No garantiza el pago a los trabajadores – el empleador decide si lo usa o no.” Inembargabilidad: “Los fondos son inembargables. Los trabajadores no pueden ejecutar el FAL.” Restricciones: “Solo para trabajadores registrados con más de 12 meses de antigüedad. No aplica para trabajadores no registrados. Desprotege a los trabajadores informales.” Período de carencia: “El FAL no responderá por las extinciones laborales hasta luego de haber recibido las contribuciones correspondientes a al menos SEIS (6) períodos mensuales.” La central obrera concluye que el FAL “privatiza indemnizaciones, desfinancia jubilaciones y no garantiza el cobro efectivo por parte de los trabajadores despedidos”. La CGT analiza la propuesta de Reforma Laboral y se moviliza este 18/12. Convenios colectivos: “Desmantelamiento de la negociación sectorial” El capítulo sobre convenciones colectivas genera especial preocupación en la CGT, que identifica un “desmantelamiento del sistema argentino basado en convenios de actividad”. Artículo 4° – Ley 14.250: El proyecto establece que las convenciones colectivas solo podrán ser homologadas si no violan “normas de orden público o el interés general”. La CGT advierte: “Se refuerza el control estatal sobre el contenido de los convenios. Se abre la puerta a la negociación de empresa como alternativa plena al convenio de actividad. Se introduce un criterio más estricto de revisión (‘interés general’ muy amplio).” Artículo 6° – Ultraactividad: “Al vencerse una convención colectiva, solo subsisten sus cláusulas normativas (salarios, jornada, licencias, condiciones de trabajo). Las cláusulas obligacionales cesan automáticamente, salvo acuerdo de partes.” El análisis cegetista señala que esto “elimina la ultraactividad plena, limita la continuidad automática del convenio y obliga a renegociaciones más frecuentes en contextos de debilidad sindical”. Artículo 7° – Cláusulas pro-sindicato: La reforma elimina un párrafo que legitimaba “cláusulas destinadas a fortalecer la acción sindical”. La CGT identifica: “Se suprime el fundamento legal explícito que legitimaba las ‘cláusulas pro-sindicato’: horas gremiales ampliadas, licencias sindicales especiales, aportes solidarios obligatorios, mecanismos de actuación sindical en empresas.” Artículos 18 y 19 – Articulación de convenios: Los cambios permiten que “el convenio de ámbito menor prevalezca frente a uno mayor, sea anterior o posterior, sin exigir mejora para el trabajador, sin exigir comparación por instituciones, sin proteger la superioridad del convenio de actividad”. La conclusión es contundente: “Desarticulan el sistema argentino basado en convenios de actividad. Instalan un modelo de negociación atomizado, empresa por empresa. Debilitan profundamente la posición negocial de los sindicatos nacionales. Permiten reducción de derechos sin controles de favorabilidad. Eliminan el piso sectorial que aseguraba condiciones homogéneas en la actividad.” Artículo 132 – Suspensión de ultraactividad: “La autoridad administrativa podrá suspender la homologación de convenios ultra activos por ‘distorsiones económicas graves'”, lo que la CGT considera “una facultad discrecional del Estado para desactivar convenios vigentes”. Régimen sindical: “Ataque frontal a la libertad gremial” El proyecto introduce cambios sustanciales a la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales, que la CGT considera “un ataque frontal a la libertad sindical”. Artículo 20 bis – Asambleas: Se incorpora que “la asociación sindical sólo podrá realizar asambleas o congresos si no afectan el normal desarrollo de la actividad de la empresa. Se requiere autorización previa del empleador respecto del lugar, horario y duración. El tiempo de asamblea no es remunerado.” La CGT es tajante: “El ejercicio de un derecho fundamental (reunión y actividad sindical interna) pasa a depender de la autorización del empleador, lo cual es incompatible con estándares internacionales en materia de libertad sindical.” Artículo 20 ter – Prácticas desleales: El proyecto amplía significativamente el catálogo de “infracciones muy graves” atribuibles a sindicatos: afectar la libertad de trabajo, bloquear establecimientos, impedir ingresos, ocasionar daños. La CGT advierte que “el catálogo es amplio y permite una interpretación extensiva que puede afectar actividades gremiales legítimas, criminalizando el derecho de huelga”. Artículo 23 – Derechos de las asociaciones: Se eliminan facultades clave. Inciso b: “Se elimina la restricción por existencia de sindicato con personería gremial. Se habilita la pluralidad y competencia de sindicatos dentro de la misma actividad o establecimiento. Esto debilita el modelo de unicidad promocionada.” Inciso e: “Se pierde el derecho expreso a realizar asambleas sin autorización previa. El ejercicio queda condicionado a regulaciones externas.” Artículos 29 y 30 – Personería gremial: “El sindicato de empresa puede obtener personería gremial si tiene más afiliados cotizantes en la empresa que el sindicato de actividad. Se habilita la personería para sindicatos de oficio o categoría si existen ‘intereses diferenciados’.” El análisis cegetista concluye: “Se modifica el régimen de unicidad promocionada y se abre paso a un sistema de pluralismo competitivo dentro del ámbito de representación, fragmentando la representación de los trabajadores.” Cuotas sindicales: “Estrangulamiento financiero” Artículo 38: El proyecto requiere “consentimiento expreso del trabajador, acuerdo empleador–sindicato y autorización administrativa” para la retención de cuotas. La CGT denuncia: “Se dificulta la retención automática de cuotas sindicales, clave para el financiamiento de la organización. Es un estrangulamiento financiero deliberado de las entidades gremiales.” Tutela sindical: “Precarización de la estabilidad” Artículo 44 inc. c): “Se fija un máximo legal de 10 horas mensuales” de crédito horario gremial, “salvo ampliación convencional” (que será difícil negociar en el nuevo marco). Artículo 52: La reforma establece que “la estabilidad absoluta solo rige para delegados de personal titulares y representantes gremiales titulares con personería en el ámbito. En cambio, suplentes y congresales tienen estabilidad relativa.” Además, se amplían causales de suspensión cautelar a “peligro potencial para la seguridad” y “peligro para el funcionamiento normal de la empresa”, lo que según la CGT “amplía la discrecionalidad judicial y empresarial para apartar a un representante sindical”. Incorpora la figura de “liberación de tareas”: “El empleador puede apartar de tareas al trabajador tutelado sin necesidad de una orden judicial previa, siempre que lo comunique a la Autoridad de Aplicación en 48 horas, inicie acción judicial dentro de 10 días y mantenga el pago de salarios.” Sanciones agravadas: “Criminalización de la acción sindical” Artículos 53 bis, 54 y 55: El proyecto introduce “un nuevo catálogo detallado, amplio y sancionatorio de prácticas desleales imputables a sindicatos, una redefinición del régimen de acciones judiciales y un régimen sancionatorio agravado con multas de hasta 20% de los ingresos por cuota sindical, con posibilidad de quíntuple multa, actualizaciones automáticas y, en casos graves, pérdida de personería gremial.” La CGT considera que esto constituye “criminalización de la acción sindical legítima y un poder de policía estatal desproporcionado sobre las organizaciones de trabajadores”. La movilización del 18: estrategia sindical Con este diagnóstico, la CGT decidió pasar a la acción directa. La movilización del jueves 18 de diciembre hacia Plaza de Mayo será el puntapié inicial de un “plan de lucha con medidas graduales”. Fuentes sindicales consultadas por este medio señalan que la estrategia contempla tres fases: Fase 1 – Movilización del 18/12: Concentración masiva en Plaza de Mayo para visibilizar el rechazo al proyecto y presionar a senadores indecisos. Fase 2 – Lobbying legislativo: Reuniones con bloques opositores y “dialoguistas” para introducir modificaciones sustanciales o directamente rechazar el proyecto. Fase 3 – Medidas de fuerza escalonadas: Si el proyecto avanza sin cambios, la CGT evaluará paros parciales, quite de colaboración y, eventualmente, un paro general. La central obrera busca replicar la estrategia que en marzo de 2024 logró frenar reformas al sistema previsional: movilización social masiva combinada con negociación parlamentaria. ¿Ruptura o negociación? Sin embargo, al interior de la CGT existen matices. Mientras el ala dura, representada por gremios como camioneros, gastronómicos y construcción, impulsa el rechazo total al proyecto, sectores más “dialoguistas” buscan introducir modificaciones específicas antes que confrontar abiertamente. Estas diferencias internas podrían condicionar la efectividad de la protesta del jueves, especialmente si el Gobierno logra fragmentar la respuesta sindical con concesiones sectoriales. El timing político: Senado en la mira La convocatoria para el 18 de diciembre no es casual. El proyecto ya ingresó formalmente al Senado y comenzó su tratamiento en comisiones. La movilización busca impactar justo cuando legisladores definen posturas. El oficialismo necesita sumar votos de bloques provinciales y sectores dialoguistas para alcanzar los números necesarios. La CGT apuesta a que una demostración de fuerza callejera discipline a senadores indecisos, especialmente de provincias con fuerte tradición sindical como Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba y Entre Ríos. El contexto: Milei vs. CGT, round definitivo Esta confrontación representa un capítulo más en la tensa relación entre el Gobierno de Javier Milei y el sindicalismo. Desde el inicio de la gestión libertaria, la CGT realizó tres paros generales y múltiples movilizaciones contra políticas económicas y laborales. El proyecto de Reforma Laboral, sin embargo, representa el enfrentamiento más estructural: no se trata de medidas coyunturales, sino de una reconfiguración profunda del régimen laboral y sindical argentino. Para Milei, lograr la aprobación de esta reforma sería un triunfo político mayúsculo, comparable en importancia a la Ley Bases. Para la CGT, impedirlo o al menos moderarlo, se convierte en una cuestión de supervivencia institucional. Los que se suman La convocatoria de la central obrera abrió la puerta a que otros sectores de la sociedad se plieguen a la movilización que ya promete ser multitudinaria. Dirigentes de izquierda, sindicatos combativos, movimientos sociales y funcionarios del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires ya se comprometieron a decir presente. Además de los numerosos gremios que integran la CGT, se sumarán a la marcha sindicatos que están por fuera de su estructura, como la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE). «Se está analizando sumarse con un paro, no sólo movilización», anticiparon desde el gremio de estatales. Asimismo, las dos CTA anunciaron su participación en la protesta, completando así la lista de las principales centrales obreras. «Las dos CTA se reunieron con el interbloque de senadores de Unión por la Patria para analizar conjuntamente el proyecto de ley de reforma laboral. Se busca establecer una estrategia conjunta con las centrales y los movimientos sociales para frenar en la calle y en el Congreso este paquete de leyes que destruyen la Patria», dijeron en un comunicado. También dirán presente en la Plaza de Mayo movimientos sociales que repudian la iniciativa del oficialismo que podría tratarse en el Senado el 22 o 23 de diciembre: desde el Movimiento Evita y la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP) ya confirmaron que irán a la Plaza de Mayo con columnas propias. El día después: escenarios posibles La jornada del 18 de diciembre definirá varios aspectos clave: Escenario 1 – Movilización masiva: Si la CGT logra una convocatoria contundente, fortalecerá su posición negociadora en el Senado y podría forzar modificaciones al proyecto o incluso su rechazo. Escenario 2 – Convocatoria débil: Una protesta de bajo impacto debilitaría la posición sindical y alentaría al oficialismo a acelerar el tratamiento legislativo sin concesiones. Escenario 3 – Fragmentación: Diferencias internas en la CGT podrían traducirse en múltiples movilizaciones descentralizadas (lo menos probable), diluyendo el mensaje y la efectividad de la protesta. En cualquier caso, la Reforma Laboral ya instaló un debate que trasciende lo técnico-jurídico para convertirse en una disputa política y social sobre el modelo de país. El 18 de diciembre, las calles dirán si el sindicalismo argentino mantiene capacidad de veto sobre reformas estructurales o si el ciclo político ha cambiado definitivamente.

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