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  • Monotributo 2026: ARCA definió nuevos topes de facturación y cuotas desde enero

    » Data Chaco

    Fecha: 17/12/2025 16:22

    ARCA y las modificaciones para el arranque de 2026. Desde enero, el Monotributo tendrá valores y topes por categoría que impactan de lleno en trabajadores independientes y pequeños contribuyentes. El dato no es menor: el régimen concentra en un pago mensual el componente impositivo, los aportes previsionales y la obra social. Los nuevos valores impactarán de lleno en la facturación permitida por categoría y en el monto mensual a abonar, dos variables clave que determinan si un contribuyente puede seguir dentro del esquema simplificado o si deberá revisar su encuadre e incluso pasar al régimen general. Topes de facturación: cuánto se podrá ingresar en 2026 El primer punto a tener en cuenta son los límites anuales de ingresos brutos por categoría. Superar el tope obliga a recategorizar y, en algunos casos, a abandonar el Monotributo. Para 2026, los máximos informados por ARCA quedan establecidos de la siguiente manera: Categoría A: $8.992.597,87 Categoría B: $13.175.201,52 Categoría C: $18.473.166,15 Categoría D: $22.934.610,05 Categoría E: $26.977.793,60 Categoría F: $33.809.379,57 Categoría G: $40.431.835,35 Categoría H: $61.344.853,64 Categoría I: $68.664.410,05 Categoría J: $78.632.948,76 Categoría K: $94.805.682,90 Cuotas mensuales: cuánto se pagará según la categoría El importe mensual del Monotributo varía según la categoría y, desde la C en adelante, también según el tipo de actividad desarrollada. No pagan lo mismo quienes prestan servicios que quienes venden bienes, ya que el componente del impuesto integrado es distinto. Con los valores que entrarán en vigencia en enero de 2026, las cuotas serán las siguientes: A: $37.085,74 B: $42.216,41 C: $49.435,58 (servicios) / $48.320,22 (comercio) D: $63.357,80 / $61.824,18 E: $89.714,31 / $81.070,26 F: $112.906,59 / $97.291,54 G: $172.457,38 / $118.920,05 H: $391.400,62 / $238.038,48 I: $721.650,46 / $355.672,64 J: $874.069,29 / $434.895,92 K: $1.208.890,60 / $525.732,01 El pago en término evita intereses, bloqueos en la emisión de comprobantes y problemas con las constancias fiscales. Por otro lado, la recategorización es obligatoria para quienes hayan cambiado de escala y se realiza dos veces al año, evaluando los últimos 12 meses de actividad. Se tienen en cuenta, entre otros factores, la facturación, el monto de alquileres, la superficie afectada y el consumo eléctrico. El calendario oficial prevé dos períodos: febrero y agosto, con plazo hasta el día 5 de cada mes. Si no hubo variaciones respecto de la categoría actual, no es necesario realizar ningún trámite. Pero si los parámetros superan o quedan por debajo de la escala declarada, la recategorización debe hacerse dentro del período habilitado. Desde ARCA advierten que "dejarlo pasar" puede generar consecuencias. El organismo cuenta con sistemas de cruce automático de datos y puede disponer recategorizaciones de oficio cuando detecta inconsistencias, notificando al contribuyente a través del Domicilio Fiscal Electrónico y habilitando instancias de apelación dentro de plazos establecidos. Notas Relacionadas

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