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Concordia » ConcordiaHoy
Fecha: 17/12/2025 08:36
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó la actualización de las escalas y los límites de facturación del monotributo, correspondientes al mes de diciembre, y brindó precisiones sobre el proceso de recategorización que deberán realizar los contribuyentes en febrero de 2026. Desde el organismo explicaron que los valores difundidos corresponden a las cuotas mensuales vigentes antes de la recategorización, instancia obligatoria para quienes hayan superado los parámetros de su categoría durante el último año. Cuánto paga cada categoría del monotributo en diciembre Los montos mensuales quedaron establecidos de la siguiente manera: Categoría A: $37.085,74 Categoría B: $42.216,41 Categoría C: Servicios: $49.435,58 Comercio: $48.320,22 Categoría D: Servicios: $63.357,80 Comercio: $61.824,18 Categoría E: Servicios: $89.714,31 Comercio: $81.070,26 Categoría F: Servicios: $112.906,59 Comercio: $97.291,54 Categoría G: Servicios: $172.457,38 Comercio: $118.920,05 Categoría H: Servicios: $391.400,62 Comercio: $238.038,48 Categoría I: Servicios: $721.650,46 Comercio: $355.672,64 Categoría J: Servicios: $874.069,29 Comercio: $434.895,92 Categoría K: Servicios: $1.208.890,60 Comercio: $525.732,01 Desde ARCA recordaron que el incumplimiento en el pago del monotributo puede derivar en sanciones legales y económicas, como la pérdida de la cobertura previsional y de la obra social, además de la imposibilidad de emitir facturas habilitadas. Recategorización 2026: cuándo y a quiénes alcanza El organismo confirmó que en febrero de 2026 se desarrollará la primera etapa del cronograma de recategorización, destinada a los contribuyentes que hayan superado los límites de facturación de su categoría en los últimos 12 meses. La recategorización permite actualizar la situación fiscal de cada monotributista de acuerdo a los parámetros reales de su actividad, garantizando el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Qué parámetros se deben tener en cuenta Para realizar la recategorización, ARCA indicó que los contribuyentes deberán considerar los siguientes datos correspondientes a los últimos 12 meses: Ingresos brutos acumulados Energía eléctrica consumida Superficie afectada a la actividad Alquileres devengados, en caso de corresponder Finalmente, desde el organismo recomendaron revisar con anticipación la información fiscal, a fin de evitar errores, sanciones o desfasajes en la categoría asignada. Fuente: La Prensa
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