Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Javier Milei decretó asueto por Navidad y Año Nuevo

    Gualeguaychu » Nova Comunicaciones

    Fecha: 16/12/2025 01:30

    Este lunes, el Gobierno decretó el otorgamiento de asueto administrativo para el personal de la Administración Pública Nacional el 24 y 31 de diciembre de 2025. La decisión del Gobierno para el 24 y 31 de diciembre La medida fue publicada en el Boletín Oficial a través del Decreto 883/2025, donde se le otorgó asueto a los empleados públicos para facilitar los preparativos domésticos de Navidad y Año Nuevo. La medida está fundamentada en la Ley N° 27.399, donde se establecen el 25 de diciembre y el 1° de enero como feriados nacionales inamovibles. El decreto firmado por el presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete Manuel Adorni afirma que “tales fechas poseen un arraigado significado cultural, social y familiar para la población argentina y para quienes habitan en el territorio de la República Argentina, constituyendo tradicionalmente motivo de reunión, celebración y acercamiento entre familiares y seres queridos”. Por ese motivo, el Gobierno consideró “oportuno facilitar la organización, descanso y disfrute de las festividades, permitiendo que las personas puedan disponer de un tiempo razonable para concretar los preparativos, desplazamientos y actividades vinculadas a dichas conmemoraciones”. Aclarando que el asueto no significa ningún gasto extra para el sector público, el decreto señala que este día “garantizará que todos los argentinos puedan disfrutar de las fiestas en un marco de libertad”. Feriados por Navidad y Año Nuevo: qué días no se trabaja y cuándo se paga doble 24 y 31 de Diciembre (Vísperas de Navidad y Año Nuevo) Carácter Legal: Días laborables (no son Feriados Nacionales). Sector Público: Se aplica el Asueto Administrativo confirmado para la Administración Pública Nacional. Servicios esenciales, bancos y financieras deben trabajar. Sector Privado: Son días laborables. Que se otorgue media jornada o asueto completo es una decisión del empleador (son días no laborables dependiendo del convenio/empresa). Pago por Trabajar: El pago es Simple (normal), ya que no aplica la obligación de pagar recargo de feriado. 25 de Diciembre (Navidad) y 1 de Enero (Año Nuevo)

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por