13/12/2025 09:01
13/12/2025 09:01
13/12/2025 09:00
13/12/2025 09:00
13/12/2025 08:59
13/12/2025 08:58
13/12/2025 08:54
13/12/2025 08:53
13/12/2025 08:53
13/12/2025 08:52
Concordia » Cadena Entrerriana
Fecha: 13/12/2025 07:19
Pese al fallo de la Justicia, el Gobierno no dispondrá partidas por la Ley de Emergencia en Discapacidad El Poder Ejecutivo, a través de una alta fuente, afirmó a Infobae que “no tienen los fondos” para acatar la orden inmediata del Juzgado Federal de Campana, que declaró inválido el decreto que suspendía la ejecución de la Ley 27.793. El conflicto escala en medio de una crisis estructural en el sector de la discapacidad. El conflicto entre el Gobierno Nacional y el sector de la discapacidad escaló a la esfera judicial. Tras el fallo del Juzgado Federal de Campana, a cargo del juez Adrián González Charvay, que ordenó la aplicación inmediata de la Ley de Emergencia en Discapacidad (Ley 27.793), el Poder Ejecutivo (PEN) confirmó que apelará la sentencia. Una alta fuente del PEN declaró a Infobae: «No tenemos los fondos para hacerlo. Nos encantaría cumplir, pero nos faltan las partidas para poder hacerlo.» El Gobierno argumenta que el Congreso no especificó el origen del financiamiento para la norma sancionada en septiembre de 2025 y que su ejecución sin partidas asignadas pondría en riesgo la sustentabilidad fiscal del Estado y otros servicios esenciales. La Justicia anuló la suspensión El Juzgado Federal de Campana dio lugar a una acción colectiva impulsada por familiares y numerosas organizaciones del sector. En su parte resolutiva, el juez González Charvay: Hizo lugar a la acción colectiva. Ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793. Declaró la invalidez del Artículo 2° del Decreto 681/2025, que había suspendido la ejecución de la ley. El juez subrayó la gravedad de la situación para las personas con discapacidad, haciendo especial hincapié en la opinión consultiva reciente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la obligación estatal de garantizar el derecho autónomo al cuidado. Crisis estructural: Prestaciones vs. Inflación El fallo se fundamenta en los contundentes informes presentados por amicus curiae (amigos del tribunal), prestadores y familiares, que documentaron la dramática situación del sector: Pérdida de poder adquisitivo: Entre diciembre de 2023 y mayo de 2025, la inflación acumulada fue del 114,6%, mientras que los aranceles de las prestaciones solo aumentaron un 42,6%. Impacto: Esto generó una pérdida de poder adquisitivo del 51,5% y provocó el cierre de instituciones, interrupción de tratamientos esenciales y la pérdida de empleo en el sector. El reclamo colectivo sostuvo que la suspensión de la ley era una «invasión flagrante» a las competencias del Congreso y violaba el principio de supremacía constitucional, ya que el PEN no podía condicionar la vigencia de una ley por insistencia parlamentaria. Fundamentos clave del Fallo El juez desestimó el argumento fiscal del Ejecutivo con una fuerte crítica: “La cláusula del Art. 2 del Decreto 681/2025 resulta ser inválida a todos sus efectos, ya que violenta de manera objetiva y directa el mandato constitucional de promulgación establecido por el Art. 83 de la Constitución Nacional.” Además, el magistrado remarcó que el propio Congreso había facultado al Jefe de Gabinete a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias y recordó que el Gobierno ya había realizado más de diecinueve modificaciones presupuestarias para otros fines desde diciembre de 2023. “Nada impide a la Jefatura de Gabinete hacer uso de la herramienta de financiación que la Ley 27.793 le ha otorgado… Lo contrario, concurriría a configurar un uso parcializado y discriminado de recursos por parte del PEN,” concluyó la sentencia. El contexto Legislativo del Ejecutivo El Gobierno, en paralelo, impulsa en sesiones extraordinarias el proyecto de Ley de Estabilidad Fiscal, cuyo Artículo 4 busca establecer que toda ley que autorice gastos no contemplados en el Presupuesto General solo regirá «una vez que las partidas correspondientes sean incluidas expresamente en la ley de presupuesto general del ejercicio fiscal siguiente». De prosperar, esta norma cambiaría las reglas del juego para futuras leyes con impacto fiscal, como la Ley de Emergencia en Discapacidad. compartir
Ver noticia original