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Buenos Aires » Infobae
Fecha: 12/12/2025 20:51
La Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, presidida por el juez Andrés Basso, apuntó contra ciertas modificaciones del proyecto de Ley de Modernización Laboral La Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional rechazó este viernes “de manera categórica” el proyecto de “Ley de Modernización Laboral” ingresado en el Senado y advirtió que varias de sus disposiciones, en particular las referidas a la Justicia Nacional del Trabajo, implican un avance institucional que podría derivar en la disolución del fuero laboral y afectar la independencia judicial. La posición fue expresada mediante un comunicado en el que la entidad cuestionó de forma directa “las pretendidas modificaciones que contiene” la iniciativa del Poder Ejecutivo. El texto lleva la firma del presidente de la Asociación, Andrés Basso, y de la secretaria general, María Carolina Ocampo. En rigor, los magistrados se opusieron a “las pretendidas modificaciones que contiene el proyecto de Ley de Modernización Laboral, ingresado en el día de ayer ante el Senado de la Nación, tendientes a la disolución de la Justicia Nacional del Trabajo”. Según señalaron, la redacción del proyecto compromete la continuidad del fuero laboral nacional y altera el equilibrio institucional vigente. El pronunciamiento apuntó de manera específica contra los artículos 90 y 91 del proyecto de ley, así como contra todas aquellas disposiciones que, a criterio de la Asociación, impacten sobre la subsistencia del fuero. En ese sentido, el comunicado sostuvo que “resulta inadmisible la redacción de los arts. 90 y 91 y de todos aquellos allí propuestos que impliquen atentar contra la vida del fuero nacional citado”. El pronunciamiento de la entidad se conoció tras el ingreso en el Senado del proyecto de reforma laboral impulsado por el Gobierno nacional en el marco de las sesiones extraordinarias El artículo 90 del proyecto establece que los jueces que resuelvan causas laborales deberán adecuar de manera obligatoria sus decisiones a los precedentes fijados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y prevé que el apartamiento infundado de esos criterios configure una causal de mal desempeño. En el ámbito judicial, esta previsión es leída como una limitación a la independencia de los magistrados en el ejercicio de la función jurisdiccional, en tanto introduce consecuencias disciplinarias vinculadas al contenido de las sentencias. Por su parte, el artículo 91 dispone la “vigencia transitoria” de la Justicia Nacional del Trabajo hasta tanto se instrumente un acuerdo de transferencia de competencias entre la Nación y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y prevé que, una vez formalizado ese entendimiento, se adopten las medidas necesarias para su progresiva disolución. Este punto fue señalado por la Asociación como uno de los ejes centrales de su rechazo al proyecto. La discusión sobre la transferencia de competencias de la justicia nacional a la órbita porteña es un proceso abierto desde la reforma constitucional de 1994 y la sanción de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires. El debate se intensificó a partir del fallo “Levinas”, donde el Máximo Tribunal federal habilitó la intervención del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad como última instancia de revisión de las sentencias dictadas por tribunales nacionales. Andrés Fabián Basso, titular de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, firmó el comunicado que cuestiona los artículos 90 y 91 del proyecto de reforma laboral En ese contexto, la entidad reclamó que “cualquier modificación que se pretenda introducir lo sea dentro de un marco de respeto a las instituciones que garantice la independencia judicial y el no avasallamiento de los fueros nacionales”. Luego, concluyó: “Mantenemos el estado de alerta permanente mientras avanzamos en el estudio minucioso de las acciones a adoptar y la comunicación fluida con los miembros de nuestra Institución”. El pronunciamiento se conoció mientras el Senado se prepara para debatir el proyecto de reforma laboral en el marco de las sesiones extraordinarias previstas para el cierre del año legislativo.
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