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Parana » APF
Fecha: 11/12/2025 19:31
Se trata del Caso Zambrano y Rodriguez. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó a la Argentina por la desaparición forzada y ejecución extrajudicial de dos informantes de la policía de Mendoza. Los jueces resaltaron los daños psíquicos que sufren los familiares. El Tribunal criticó la nulidad dictada por la Cámara del Crimen de Mendoza en 2004, que absolvió a dos acusados -incluido un policía- por vicios procesales en la instrucción, retrotrayendo la causa sin avances efectivo jueves 11 de diciembre de 2025 | 18:28hs. Foto: Los Andes (ilustrativa) La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a la Argentina por la desaparición forzada y ejecución extrajudicial de José Segundo Zambrano y Pablo Marcelo Rodríguez, ocurridas en marzo de 2000 en la provincia de Mendoza. El caso, conocido como Zambrano, Rodríguez y otros vs. Argentina, se originó tras un contexto de presunto involucramiento policial. Según la sentencia, “los señores Zambrano y Rodríguez fueron víctimas de desaparición forzada, ilícito internacional en el que participaron directamente agentes policiales de la Provincia de Mendoza”. La Corte –según informó el portal Diario Judicial- constató afectaciones psíquicas y morales en los familiares, incluyendo la alteración de su proyecto de vida: “tales hechos truncaron bruscamente sus proyectos y opciones de vida, en tanto la muerte de sus seres queridos provocó un cambio drástico en sus condiciones y dinámicas cotidianas”. El Tribunal verificó la concurrencia de los elementos típicos de este delito: “la privación de libertad de las víctimas, quienes ulteriormente fueron ejecutadas, la intervención directa de agentes estatales en la consumación de los hechos, y la negativa de las autoridades de revelar la suerte y el paradero de aquellas”. Zambrano, de 27 años y metalúrgico, era informante policial y había sido amenazado por un agente. Rodríguez, de 25 años y mensajero, era su amigo cercano. El 25 de marzo de 2000, Zambrano salió hacia la Sección Automotores de la Policía de Mendoza, y más tarde recogió a Rodríguez. Sus familiares denunciaron la desaparición el 27 de marzo; el vehículo de Zambrano fue hallado con manchas de sangre, y los cuerpos semienterrados aparecieron el 3 de julio en Godoy Cruz, con causa de muerte por “dilaceración cerebral por proyectil de arma de fuego”. La CIDH enfatizó la impunidad persistente a más de 25 años de los hechos, violando los artículos 8.1 (garantías judiciales) y 25.1 (protección judicial) de la CADH, en perjuicio de las víctimas y sus familiares. El Tribunal criticó la nulidad declarada por la Cámara del Crimen de Mendoza en 2004, que absolvió a dos acusados (incluido un policía) por vicios procesales en la instrucción, retrotrayendo la causa sin avances efectivos. “La actuación anómala del juzgado de instrucción […] denotó una evidente falta de debida diligencia en la investigación de los hechos”, señaló la sentencia. La Corte constató afectaciones psíquicas y morales en los familiares, incluyendo la alteración de su proyecto de vida: “tales hechos truncaron bruscamente sus proyectos y opciones de vida, en tanto la muerte de sus seres queridos provocó un cambio drástico en sus condiciones y dinámicas cotidianas”. Como reparación integral, la sentencia ordena medidas concretas. En primer lugar, la obligación de investigar: el Estado debe “remover todos los obstáculos, de facto y de iure, que mantienen la situación de impunidad”, impulsando pesquisas con debida diligencia y en plazo razonable, e iniciando acciones contra autoridades que obstaculicen el proceso. Se dispuso también medidas de rehabilitación, como tratamiento médico, psicológico o psiquiátrico para los familiares. (APFDigital)
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