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Crespo » Estacion Plus
Fecha: 09/12/2025 09:55
La inusual disputa se originó en febrero de este año a partir de un simple error digital con consecuencias millonarias. El demandante explicó en el expediente judicial que intentaba transferir su sueldo de $1.796.000 desde su caja de ahorro de Banco Macro a otra cuenta propia en Banco BBVA. Sin embargo, al empezar a escribir su alias, el teléfono móvil autocompletó la información con un usuario erróneo, dirigiendo la cuantiosa suma a una cuenta de Mercado Pago perteneciente a un tercero totalmente desconocido. Al percatarse del error, el damnificado intentó contactar a la persona que había recibido el dinero, pero, ante la falta total de respuesta, decidió llevar el caso a los tribunales. Este silencio y la negativa a devolver los fondos forzaron una demanda por enriquecimiento sin causa, una figura legal que penaliza obtener una ventaja económica a expensas de otro sin justificación. El silencio del acusado sella la condena El proceso judicial en el Juzgado Civil de Primera Instancia, a cargo del Juez Carlos Ignacio Viramonte, se caracterizó por la ausencia del demandado, quien no se presentó a ninguna audiencia ni ofreció defensa. Esta falta de participación fue crucial: el juez lo declaró en rebeldía, lo que, según el Artículo 192 del Código Procesal Penal, crea una presunción en su contra de reconocimiento de la legitimidad de las afirmaciones del demandante. En el análisis del caso, el Juez Viramonte determinó que no existía ningún vínculo comercial, contractual o de cualquier otra naturaleza que justificara que el demandado fuera acreedor de semejante suma. De esta forma, se confirmó la tesis de que el acusado se había enriquecido de forma ilegítima a costa del empobrecimiento de quien cometió el error en la transferencia. Millonaria restitución y costas judiciales La resolución final del Juez Viramonte fue contundente: hizo lugar a la demanda y condenó al acusado a restituir los $1.796.000 al denunciante, con el agregado de los intereses correspondientes. Además de la devolución del capital, el condenado fue obligado a cubrir las costas del juicio. El fallo impuso una regulación definitiva de los honorarios del abogado patrocinante del demandante, que ascendían a $691.286, suma que también deberá ser abonada con los respectivos intereses. Cadena 3
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