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» Tu corrientes
Fecha: 06/12/2025 19:34
El viernes se realizó en el Tribunal de Juicio la audiencia de cesura de la pena en la causa que tiene como imputados al ex intendente de Mercedes, Diego Martín Caram, y al ex presidente del Concejo Deliberante y actual concejal del Partido Justicialista, Carlos Roberto “Caly” Sánchez. El viernes se realizó en el Tribunal de Juicio la audiencia de cesura de la pena en la causa que tiene como imputados al ex intendente de Mercedes, Diego Martín Caram, y al ex presidente del Concejo Deliberante y actual concejal del Partido Justicialista, Carlos Roberto “Caly” Sánchez. La audiencia fue presidida por el juez unipersonal Dr. Martín Vega. Pedidos del Ministerio Público Fiscal El fiscal Adrián Casarrubia solicitó para Caram —acusado por el delito de desobediencia a la autoridad— una pena de un año de prisión de cumplimiento efectivo y cinco años de inhabilitación para ocupar cargos públicos. Para Sánchez, imputado por abuso de autoridad, el fiscal requirió dos años de prisión efectiva, cuatro años de inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos y la suspensión de su mandato como concejal, conforme al artículo 224 del Código Procesal Penal. Argumentos de la defensa de Diego Martín Caram El abogado defensor Juan Karam solicitó que se aplique el mínimo legal, equivalente a 15 días, y que dicha pena sea considerada cumplida. Sostuvo que Caram no posee antecedentes firmes y que la condena mencionada en la sentencia 12/24 se encuentra aún en trámite de recurso extraordinario, por lo que no puede computarse como antecedente. Además, remarcó el tiempo pasado en prisión preventiva: diez meses y 27 días, entre el 3 de julio de 2024 y el 30 de mayo de 2025, lapso que —según la defensa— cubre prácticamente la pena solicitada por el fiscal. “Estamos hablando de un cumplimiento casi total de la pena en juego”, expresó Karam. La defensa también presentó el informe 5625 de la Comisaría Primera de Mercedes, donde se detalla la conducta y comportamiento de Caram durante su alojamiento preventivo tanto en este proceso como en la causa 11266/19. Solicitó que estos elementos sean ponderados por el juez, junto con su falta de antecedentes, sus condiciones personales y su pedido de perdón expresado en dos oportunidades. Respecto de la inhabilitación requerida por el fiscal, Karam argumentó que el pedido “parece tener una finalidad mediática más que jurídica”, y afirmó que en otro legajo ya existe una disposición similar, por lo que aplicar una nueva inhabilitación sería “un sin sentido jurídico”. Defensa de Carlos Roberto Sánchez El abogado Pablo Fleitas, defensor de Sánchez, solicitó que la pena —en caso de recaer una condena— sea de ejecución condicional, es decir, de cumplimiento en suspenso. Pidió al tribunal unipersonal que se tenga en cuenta la condición de discapacidad del imputado y los testimonios médicos presentados. En caso de imponerse una pena efectiva, requirió que se autorice su cumplimiento bajo la modalidad de prisión domiciliaria. Asimismo, pidió que se aplique el mínimo de un mes, que la pena sea dejada en suspenso y que se rechace la medida cautelar solicitada por el fiscal, al considerar que no está prevista en el Código Procesal Penal de la provincia. Subsidiariamente, solicitó la declaración de inconstitucionalidad del segundo párrafo del artículo 224.
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