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» Sin Mordaza
Fecha: 05/12/2025 23:02
En un fallo de fuerte impacto institucional y ambiental, la Corte Suprema de Justicia de la Nación obligó al Estado nacional, a las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe, y a los municipios de Rosario y Victoria a poner en marcha de manera efectiva el Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible del Delta del Paraná (PIECAS-DP). El objetivo es prevenir y controlar los incendios que, desde hace años, afectan a Rosario y gran parte de la región con humo, cenizas y contaminación. El máximo tribunal subrayó que los reiterados focos ígneos han generado un fenómeno persistente de hollín y reducida visibilidad que vulnera el derecho a la salud y a un ambiente sano. La sentencia lleva las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes remarcaron que la ejecución del plan corresponde a las autoridades políticas y no al Poder Judicial. Qué deberán hacer Nación, Santa Fe y Rosario La Corte exigió la implementación integral del PIECAS-DP, un acuerdo interjurisdiccional vigente desde 2008. Entre las medidas obligatorias figuran: instalación de equipamiento e infraestructura; creación de sistemas de información y alerta temprana; puesta en marcha de la Red de Faros de Conservación; ejecución de un plan sistemático de control; elaboración de un Plan de Manejo del Fuego específico para el Delta. El tribunal advirtió que el Delta es un humedal de alta fragilidad ambiental y que sólo una acción coordinada entre todos los niveles del Estado permitirá revertir la situación. El origen de la causa y la centralidad de Rosario La demanda fue presentada el 25 de junio de 2020 por la Asociación Equística Defensa del Medio Ambiente contra el Estado Nacional, las provincias de Santa Fe y Entre Ríos, y los municipios de Rosario y Victoria. La organización reclamó el fin inmediato de los incendios frente a la costa rosarina y medidas definitivas para frenar la quema ilegal recurrente. En agosto de 2020, la Corte asumió competencia originaria e incorporó a la provincia de Buenos Aires como tercero involucrado. El Comité de Emergencia Ambiental y la falta de avances Durante el proceso, la Corte había ordenado la conformación de un Comité de Emergencia Ambiental para adoptar acciones urgentes de prevención y control. Sin embargo, al evaluar los informes elevados por cada jurisdicción, el tribunal concluyó que no hubo avances reales en la ejecución del plan. Los argumentos de las provincias y municipios En sus presentaciones: Santa Fe sostuvo que los focos no se originan en su territorio, aunque afectan a su población, y que la quema está prohibida en la provincia. Rosario planteó que la mayoría de las islas pertenece a Entre Ríos y que la ciudad carece de competencia directa sobre esas tierras. Entre Ríos consideró que el conflicto estaba “abstracto” por la ausencia de incendios activos y mencionó una situación regional de estrés hídrico. Buenos Aires negó haber cometido actos arbitrarios o ilegales. El Estado nacional afirmó que la responsabilidad recae principalmente en las provincias por su dominio sobre los recursos naturales. La Corte desestimó todos estos planteos y remarcó la responsabilidad compartida de Nación, provincias y municipios, incluidos Rosario y Victoria. Un problema crónico que exige acción política El tribunal recordó que su intervención permitió identificar zonas de origen de los incendios, esclarecer causas y exigir la creación del Comité de Emergencia. No obstante, advirtió que el control permanente del cumplimiento del plan excede el ámbito judicial —dado el carácter cíclico del problema— y que, a partir de ahora, la obligación de actuar recae enteramente en las autoridades políticas.
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