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  • Confirman la condena al abogado Ricardo Degoumois por abusos sexuales reiterados

    » Amanecer

    Fecha: 05/12/2025 18:22

    La Cámara Penal de Apelaciones confirmó la condena al abogado Ricardo Ceferino Degoumois por abusos sexuales reiterados contra una menor de 14 años, ratificando los tres años de prisión condicional y la inhabilitación perpetua para ejercer la abogacía. El fallo, firmado por el camarista Roberto Oscar Reyes y difundido este 5 de diciembre, rechazó tanto el recurso de la defensa —que pedía la absolución— como el del Ministerio Público de la Acusación, que solicitaba una pena mayor y de cumplimiento efectivo. Los abusos ocurrieron entre octubre y noviembre de 2022 dentro del estudio jurídico de Degoumois, ubicado en calle Belgrano al 1500, en Reconquista, donde la adolescente concurría para ser “preparada” para declarar en otra causa penal. Degoumois —que ejerció su propia defensa junto a otros abogados— cuestionó la credibilidad de la víctima y la validez de la Cámara Gesell, llegando a plantear que el relato era “producto de la imaginación”. El tribunal rechazó estos argumentos. Para el juez Reyes, el testimonio de la víctima fue “firme, coherente y sin signos de inducción”. La Cámara destacó varios elementos clave: Ausencia de motivos espurios: no existían razones para una denuncia falsa. no existían razones para una denuncia falsa. Testimonios escolares: docentes y preceptoras confirmaron cambios en la conducta de la menor y su angustia al revelar lo ocurrido. docentes y preceptoras confirmaron cambios en la conducta de la menor y su angustia al revelar lo ocurrido. Estado emocional: la víctima confesó lo sucedido “en un mar de lágrimas”. la víctima confesó lo sucedido “en un mar de lágrimas”. Coherencia: la adolescente mantuvo su versión en todas las instancias. la adolescente mantuvo su versión en todas las instancias. Afectación psicológica: su angustia fue evidente ante el tribunal. La defensa consideró excesiva la sanción, argumentando su proximidad a la jubilación. El tribunal la ratificó citando el artículo 20 bis del Código Penal, dado que Degoumois abusó de su rol profesional y de la confianza que la víctima y su familia depositaron en él como abogado y defensor de un familiar suyo. Las fiscales Georgina Díaz y Alejandra Del Río Ayala habían pedido una pena de cuatro años y tres meses de prisión efectiva. La Cámara mantuvo la condena condicional, resaltando que: Degoumois es delincuente primario , sin antecedentes. , sin antecedentes. La pena impuesta sextuplica el mínimo legal . . La inhabilitación perpetua constituye una sanción de fuerte impacto. La jurisprudencia de la Corte Suprema orienta a evitar prisión efectiva en casos de autores ocasionales. Para evitar el cumplimiento efectivo, el condenado deberá: Residir en su domicilio habitual y notificar cambios. No acercarse a la víctima ni a su entorno. Someterse a tratamiento psicológico especializado. Capacitarse en violencia de género y abuso sexual infantil. Evitar drogas y alcohol. No cometer nuevos delitos. Cualquier incumplimiento implicaría prisión efectiva. La sentencia ordena: Notificar al Colegio de Abogados sobre la inhabilitación. Realizar estudios genéticos cuando el fallo quede firme. La defensa aún puede intentar un Recurso de Inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Santa Fe. Si es rechazado —lo que suele ocurrir— solo quedará la queja ante el máximo tribunal provincial.

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