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Buenos Aires » Infobae
Fecha: 04/12/2025 14:37
La reforma previsional generó una violenta protesta en el Congreso, con toneladas de piedras (Foto: Nicolás Stulberg) La Corte Suprema de la Nación, con la firma de sus tres jueces, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, confirmó la constitucionalidad de la Ley 27.426 de Reforma Previsional, la cual se encuentra vigente desde el 29 de diciembre del 2017. Dicha norma fue impulsada por el gobierno del ex presidente Mauricio Macri, y posteriormente fue sancionada por el Congreso de la Nación mientras se producían diversos disturbios en sus alrededores. El planteo resuelto este jueves fue iniciado por Miguel Ángel Fernández Pastor, ex director de ANSES. Particularmente, solicitó que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 1, 2 y 3 de la ley 27.426, que introdujeron modificaciones para el cálculo del nivel inicial de las jubilaciones y su posterior movilidad. Lo que había resuelto la Cámara La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social por un lado confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó los cuestionamientos del art. 1 (índice de movilidad); y a su vez, revocó lo resuelto sobre el art. 2 (cálculo de haber inicial) y declaró la inconstitucionalidad de la norma en este punto, ordenando a la ANSES que practique una nueva liquidación de acuerdo con la ley anterior (ley 26.417). Las fuerzas de seguridad durante los disturbios frente al Congreso, en diciembre de 2017/Nicolás Stulberg En cuanto a los índices de movilidad, entendió que -si bien eran menos favorables que los anteriores el reajuste- se harían trimestralmente (y no dos veces al año) por lo que, sumados alcanzarían un porcentual más elevado. En cuanto al cálculo del haber inicial, la Cámara consideró que la ley dictada afectaba los derechos del actor, ya que sus ingresos se “devengaban” mes a mes de acuerdo a la ley anterior y por lo tanto, la nueva norma no podía modificar esta situación. Tanto ANSES como Fernández Pastor -representado por su hijo Facundo, también abogado de Cristina Fernández de Kirchner en cuestiones previsionales- presentaron recursos extraordinarios ante la Corte Suprema. Los argumentos de la Corte En su sentencia, el Máximo Tribunal con la firma de sus tres jueces, revocó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426. Si bien consideró que la Constitución Nacional en su artículo 14 bis garantiza la movilidad de las jubilaciones y pensiones, no determina un único sistema para hacer efectivo ese derecho, de forma tal que es tarea de los legisladores fijar las pautas para asegurar la movilidad de las jubilaciones. Afirmó que los cambios de un sistema de movilidad por otro no son contrarios, de por sí, a la Constitución Nacional. Los jueces de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti Señaló que el artículo 7 del Código Civil y Comercial de la Nación contiene una regla que los jueces deben seguir para resolver los conflictos: esto es que la ley debe aplicarse de modo inmediato y que no tiene efecto retroactivo, salvo disposición en contrario. En este caso, consideró la Corte, no existió una aplicación retroactiva de la ley del año 2017 cuando dispuso una nueva fórmula de movilidad que considera un período en el cual regía la ley 26.417 y, por lo tanto, no existió vulneración a un derecho adquirido del jubilado. Los jueces consideraron que esto es así porque al momento de entrar en vigencia la nueva ley, el derecho de los jubilados a obtener o percibir el aumento de la ley anterior, aún no había nacido, ya que recién se producía en marzo del 2018 (la ley previa preveía ajustes en septiembre y marzo de cada año). Por otro lado, la Corte Suprema rechazó los cuestionamientos al índice de reajuste por movilidad establecido por el artículo 1 de la ley cuestionada. Afirmó que las críticas de Fernández Pastor eran meras discrepancias con los argumentos de la Cámara, y que no logró demostrar la afectación sobre su haber previsional, ya que el mismo no fue congelado. De esta forma, la Corte avaló la constitucionalidad de la reforma previsional impulsada durante el gobierno de Mauricio Macri. Los disturbios por la reforma La tarde del 14 de diciembre de 2017, el Congreso se convirtió en epicentro de una serie de enfrentamientos que marcaron una jornada de alta tensión política y social. Mientras se aproximaba el inicio de la sesión especial para debatir la nueva ley de movilidad jubilatoria, diversos sectores se congregaron en las inmediaciones del edificio, generando un clima de creciente hostilidad. "El Gordo Mortero", ícono de la protesta contra el Congreso en 2017 (Foto: Nicolás Stulberg) Desde las primeras horas, la atmósfera en los alrededores del Congreso se mantuvo cargada. A partir de las ocho de la mañana, la presencia de manifestantes y fuerzas de seguridad anticipaba la magnitud de la protesta. El ambiente se tornó aún más tenso cuando, a escasos minutos de las 14, un grupo de diputados kirchneristas protagonizó un altercado con los efectivos encargados de custodiar el acceso a la Cámara de Diputados. Este episodio marcó el inicio de una escalada de violencia que se intensificó rápidamente. Poco después, militantes de partidos de izquierda, opuestos a la aprobación de la ley, comenzaron a enfrentarse con la Gendarmería Nacional. El intercambio de piedras, palos y botellas derivó en escenas de enfrentamiento físico, mientras las fuerzas de seguridad respondieron con gases lacrimógenos, balas de goma y el avance de carros hidrantes. Esta intervención logró restablecer una calma momentánea, aunque la tensión persistía en el ambiente. La convocatoria a la movilización había sido impulsada por una amplia gama de actores: partidos de izquierda, la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA), la Confederación General del Trabajo (CGT), el kirchnerismo, sectores del peronismo no alineados con el kirchnerismo, las Madres de Plaza de Mayo y diversas agrupaciones sociales. Mientras en la calle se intentaba recuperar la normalidad, los incidentes se trasladaron al interior del recinto legislativo. Allí, legisladores oficialistas y opositores protagonizaron un enfrentamiento en torno al quórum necesario para iniciar la sesión especial. En ese contexto, la diputada Elisa Carrió pidió que se levantara la sesión, una moción que fue aceptada por el entonces presidente de la Cámara, Emilio Monzó. De inmediato, los enfrentamientos en la vía pública se reanudaron. Militantes de distintas agrupaciones volvieron a arrojar palos y piedras contra las fuerzas de seguridad, que respondieron nuevamente con gases lacrimógenos y balas de goma. La violenta jornada dejó en evidencia el clima de profunda confrontación que rodeó el debate sobre esta ley de movilidad jubilatoria.
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