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» Misionesopina
Fecha: 03/12/2025 01:56
Desde Defensa del Consumidor de Misiones advirtieron que los salones de fiestas no pueden exigir el pago del canon de la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC) como condición para realizar recepciones, eventos privados o firmas de contrato. La aclaración surge luego de que en las últimas semanas aumentaran de manera significativa las consultas de familias ante situaciones en las que se les requería este pago. En comunicación con FM 89.3 Santa María de las Misiones el director de Defensa del Consumidor, Alejandro Garzón Maceda, explicó que la normativa vigente es contundente. “El pago a SADAIC no es exigible por parte de los salones como condición para poder llevar adelante la fiesta”, recordó, en referencia al decreto nacional 765/2024 que derogó dicha obligación para eventos privados. Según señaló, esta cuestión “estaba saldada desde el año pasado”, pero reapareció de manera generalizada en la última quincena. Confirmó que en las últimas dos semanas recibieron “muchas consultas de Posadas y del interior”, lo que motivó la difusión de un comunicado oficial. “En vez de ser un caso particular, se transformó en una cuestión muy generalizada”, detalló. Por ello, Defensa del Consumidor reforzó la difusión de la vigencia del decreto y la ilegalidad del cobro. Garzón Maceda remarcó que la responsabilidad de conocer la normativa recae en los prestadores de servicios. “Eso implica un desconocimiento por parte del salón o del organizador de la fiesta”, afirmó. En ese sentido, insistió en que quienes contratan un evento “no tienen la obligación de saberlo”, por lo que suelen quedar en una posición desventajosa ante el proveedor. Frente a este escenario, el funcionario recomendó que, ante cualquier intento de cobro, los padres o responsables de la organización realicen una denuncia. “Si se insiste o se pone como condición ese pago, hay que hacer una denuncia en Defensa del Consumidor”, subrayó. Aclaró además que, si el decreto dejara dudas, “la ley de Defensa del Consumidor es clarita: ante la duda, a favor del consumidor”. El titular del organismo también aclaró qué ocurre con quienes ya abonaron el canon. “El que lo haya pagado tiene derecho a repetírselo al salón”, indicó. Si el pago se hizo directamente a SADAIC, explicó que el reclamo deberá canalizarse por vía judicial, ya que la relación de consumo no es con esa entidad sino con el prestador del servicio del evento. “Nosotros vamos a citar al organizador para que dé explicaciones y, si no corresponde el cobro, deberá devolver el dinero”, aseguró. Además, advirtió que si un salón intenta impedir el acceso a la fiesta por este motivo, “los padres deben hacer una denuncia penal porque es ilegal”. Cómo denunciar El organismo recordó que las denuncias pueden realizarse de forma presencial en Posadas, avenida Mitre 2180 —frente al mástil—, o por correo electrónico a [email protected], adjuntando contrato, recibos de pago y cualquier documentación vinculada. Fuente: Primera Edición
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