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» AgenciaFe
Fecha: 02/12/2025 11:01
El Gobierno provincial publicó la Resolución Nº 367, una normativa clave que redefine la actividad pesquera en Santa Fe y deja sin efecto la polémica suspensión por un año del acopio de pescado con destino a exportación. La nueva medida, de alcance regional, busca equilibrar la preservación del recurso ictícola con la situación económica de miles de familias pescadoras. La resolución —firmada conjuntamente por el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático y el Ministerio de Desarrollo Productivo— deroga la Resolución 332/2025, que había generado un fuerte conflicto con el sector pesquero tras intentar frenar durante un año el acopio de pescado para exportación. Cupo de captura y veda temporal Entre los puntos centrales de la nueva normativa, la provincia estableció por primera vez en su historia un cupo máximo de captura de 900 toneladas para todas las especies de peces destinadas a la pesca comercial en el Río Paraná y sus afluentes durante el primer trimestre de 2026. Además, se dispuso una veda temporal para el sábalo, principal especie comercial de la región. La pesca y el acopio del sábalo (prochilodus lineatus) quedarán suspendidos del 20 de diciembre de 2025 al 20 de enero de 2026, coincidiendo con la etapa estival de desove y de acuerdo con medidas similares tomadas por Entre Ríos. Santa Fe y Entre Ríos: normas coordinadas Uno de los objetivos más relevantes de la Resolución 367 es armonizar las reglas pesqueras entre Santa Fe y Entre Ríos, considerando que comparten el mismo ecosistema fluviomarítimo del valle aluvial del Paraná. La medida se enmarca en: El Plan Estratégico de Reconversión y Utilización Sustentable del Recurso Ictícola Acuerdos regionales del Comité de Manejo de Pesquerías del Litoral (COMAPEL) El cumplimiento de fallos judiciales previos que ordenaron regular la actividad De esta manera, el Gobierno provincial busca evitar asimetrías regulatorias que afecten tanto a pescadores como a acopiadores y exportadores, un reclamo que venían sosteniendo sindicatos y cámaras empresarias. Control, monitoreo y declaraciones juradas La resolución también dispone mecanismos de control y fiscalización. Dentro de las primeras 48 horas del inicio de la veda, los acopiadores deberán presentar una declaración jurada ante la Dirección General de Manejo Sustentable de los Recursos Pesqueros especificando la cantidad de sábalo en existencia. Asimismo, se ordena la intervención de organismos como: Prefectura Naval Argentina, Assal, Senasa, ARCA y Aduana y el ministerio de Justicia y Seguridad, lo que permitirá reforzar el control en rutas, frigoríficos y puertos durante el periodo de restricción.
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