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  • Diciembre arranca con suba parcial de impuestos a los combustibles

    Basavilbaso » Riel FM

    Fecha: 01/12/2025 16:30

    El Gobierno nacional volvió a aplicar una actualización parcial de los impuestos al combustible líquido (ICL) y al dióxido de carbono (IDC), una medida que impactará directamente en los precios de la nafta y el gasoil en todo el país. El incremento comienza a regir hoy, lunes 1º de diciembre, según lo establecido en el Decreto 840/2025, publicado el viernes pasado en el Boletín Oficial. Un impuesto con más de 25 años de vigencia Los tributos Inpuesto sobre los Combustibles Líquidos (ICL) y al Dióxido de Carbono (IDC) fueron creados por la Ley 23.966, y su aplicación quedó formalmente establecida a partir de 1998, cuando el Decreto 518/98 ordenó su reglamentación el 13 de mayo de ese año. Desde entonces, los gravámenes se ajustan según la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministra el INDEC. Subas en un mercado sensible El aumento se da en un contexto de incrementos frecuentes en los combustibles, donde las petroleras suelen trasladar casi de manera automática cada variación impositiva al precio final en los surtidores. Este escenario genera preocupación por el impacto en la inflación y en los costos logísticos. El nuevo decreto y su alcance Mediante el Decreto 840/2025 —que modifica el Decreto 617/2025— el Gobierno definió un nuevo mecanismo de actualización para los impuestos del sector: se postergan parcialmente los aumentos previstos. Se busca mantener un “sendero fiscal sostenible”, evitando frenar la recuperación económica. Se confirma que los montos fijos deberán actualizarse según el IPC trimestral del INDEC, tal como marca la Ley 23.966. Sin embargo, el fuerte arrastre inflacionario desde 2018 ha llevado a repetidas postergaciones del impacto total. ¿Cómo será el aumento? El artículo 1 del Decreto redefine el alcance de los incrementos pendientes para: naftas sin plomo (de hasta y más de 92 RON), nafta virgen y gasoil. Allí se establece que las actualizaciones correspondientes al primer, segundo y tercer trimestre de 2024 se aplicarán bajo un nuevo cronograma. Además, el artículo 2 incorpora un inciso que autoriza los montos que sí regirán en diciembre de 2025, como parte del ajuste parcial vinculado al tercer trimestre de ese año. El verdadero impacto llegará en enero El artículo 3 es determinante: el incremento total acumulado —que incluye 2024 y los primeros tres trimestres de 2025— recién se aplicará desde el 1° de enero de 2026. Esto implica una nueva postergación del ajuste pleno en los surtidores. Por su parte, el artículo 4 confirma que todas las disposiciones del decreto entran en vigencia desde hoy, 1° de diciembre de 2025.

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