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    Gualeguay » Debate Pregon

    Fecha: 27/11/2025 01:29

    JUDICIALES 26 de noviembre de 2025 | hace 7 horas EDICTO S/ IBARRA DELIA OFELIA EDICTO N° DIARIO LOCAL “EL DEBATE PREGON” El Sr. Juez Dr. Fabian Morahan, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 de la Ciudad de Gualeguay, Entre Ríos, Secretaria única de quien suscribe, en los autos caratulados: "IBARRA DELIA OFELIA S/ SUCESORIO AB INTESTATO" Expte.: 12835, cita y emplaza por el término de diez (10) días, a contar desde la última publicación del presente, a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejado por la causante IBARRA DELIA OFELIA DNI L.C. 1.151.986, vecina que fuera de nuestra ciudad, fallecida en Gualeguay, Entre Ríos, en fecha 03/04/2014.- La resolución que ordena el presente en su parte pertinente expresa: “///-leguay, 7 de noviembre de 2025.- (…) Estando acreditado el fallecimiento de la causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de DELIA OFELIA IBARRA, fallecida el 3/4/2014, vecina que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario local El Debate Pregón llamando durante diez días que se contarán a partir de la última publicación a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante debiendo acreditarlo dentro de dicho plazo.- Advirtiendo en este estado que el nombre de la causante es Delia Ofelia Ibarra -cfr. partida de defunción acompañada-, en vez de Ofelia Delia Ibarra como se denuncia en el escrito promocional, recaratúlense las presentes actuaciones y comuniquese a MUI. Dése intervención al Ministerio Fiscal con los alcances del art. 722 del C.P.C.C.- Líbrese oficio a la Dirección del Notariado comunicando la iniciación del presente, debiendo el mismo cumplir con los recaudos dispuestos por el Reglamento para el fuero Civil y Comercial del Poder Judicial de Entre Ríos -punto 5.5.2- y el Acuerdo S.T.J.E.R. del 14/02/1995-.- (…) (…) A lo demás oportunamente.- st FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1 ///” ---- “///-Se deja constancia de que en fecha 10/11/2025 se recaratularon las presentes actuaciones como está ordenado. st Delfina M. Fernandez Secretaria La presente se suscribe mediante firma electrónica - Resolución STJER N°28/20 de 12/04/2020. Anexo IV-///”-------------------------------------------------------------------

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