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Usuhahia » Diario Prensa
Fecha: 26/11/2025 22:57
Posturas opuestas en la etapa de alegatos en juicio por mala praxis a la ginecóloga Valeria Pastori y al obstetra Rodolfo Guido Pérez. En el proceso que analiza la muerte de una beba ocurrida en 2015 en el CEMEP de Río Grande, el abogado querellante José Velazco solicitó además la inhabilitación por 10 años para ejercer la medicina. La fiscal, en cambio, sostuvo que no existe prueba que vincule el proceder médico con el fallecimiento y pidió que se absuelva a los imputados. Fiscal Mónica Macri: «No encontré un nexo causal entre la muerte de la beba y el proceder de los dos profesionales». El juicio oral y público por presunta mala praxis médica en Río Grande ingresó en su etapa final con alegatos que expusieron posiciones completamente opuestas entre la querella y la Fiscalía. El proceso busca determinar la eventual responsabilidad penal de la ginecóloga Valeria Pastori y del obstetra Rodolfo Guido Pérez por la muerte de una beba nacida sin vida en 2015 en el Centro Médico Privado, CEMEP. El abogado querellante, José Velázco, representante legal de los padres de la niña, Carolina Miranda y Ariel Murgia, solicitó al Tribunal que condene a los dos profesionales inculpados a cinco años de prisión y diez años de inhabilitación para ejercer la medicina. Sostuvo que existieron incumplimientos a los deberes médicos básicos, que la inducción del parto se realizó sin justificación clínica y que hubo omisiones e intentos de rectificación manual en la historia clínica para justificar las maniobras realizadas. Velázco consideró que el monitoreo fetal previo a la cesárea de urgencia fue insuficiente y que ello pudo haber tenido incidencia directa en el desenlace fatal. La postura de la fiscal Mónica Macri fue diametralmente opuesta. Tras analizar los testimonios de médicos de Ushuaia y Río Grande y de peritos forenses de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, afirmó que no se pudo establecer ningún nexo causal entre el accionar de los imputados y la muerte de la beba. Para la Fiscalía, el cuadro médico más consistente con la evidencia es una vasculopatía placentaria severa, una condición poco frecuente, difícil de detectar y que puede conducir a un desenlace fatal aun con controles adecuados. En cuanto a la inducción del parto con misoprostol, consideró que no tuvo una incidencia determinante en el resultado. Abogado querellante José Velazco: «Considero que existen elementos suficientes para dar por probado que los imputados incumplieron deberes médicos básicos al momento de atender a la paciente Carolina Miranda y a su hija». Respecto de los presuntos agregados a mano en la historia clínica, la fiscal señaló que el sistema utilizado en el centro médico es digital y que las rectificaciones deben hacerse dentro del programa, por lo que los manuscritos remitidos como prueba fueron incorporados por una vía que ella afirmó desconocer. El Tribunal Oral en lo Criminal del Distrito Judicial Norte dio por concluida el 18 de noviembre la etapa de declaraciones testimoniales, que incluyó los relatos de los padres de la niña, médicos especialistas y peritos nacionales que declararon por videoconferencia. La última audiencia cerró con las declaraciones de los abuelos maternos, impulsadas por la querella para reforzar las consecuencias emocionales que el hecho dejó en la familia diez años después. Este jueves 27 será el turno del alegato del abogado defensor de Pastori y de Pérez, Francisco Ibarra. Una vez finalizada esa intervención, el Tribunal quedará en condiciones de dictar sentencia.
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