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  • Policías acusados: Jurado Popular los halló no culpables del crimen de Gabriel Gusmán

    Parana » APF

    Fecha: 19/11/2025 20:30

    Este miércoles y tras siete jornadas de audiencia ante un jurado popular los policías Diego Íbalo y Rodrigo Molina, fueron hallados no culpables de la muerte de Gabriel Gusmán, que tenía 19 años cuando cayó abatido de un disparo en la nuca que disparó el arma reglamentaria de Molina. La querella particular sostuvo una ejecución sin miramiento en un caso de gatillo fácil. La defensa que actuaron dentro de la norma en legítima defensa. miércoles 19 de noviembre de 2025 | 19:54hs. Foto: APFDigital Tras dos últimas jornadas agotadoras en el juicio ante un jurado popular en el que se dirimió la responsabilidad de los policías de la División 911 de la Policía de Entre Ríos, Departamental Paraná, Rodrigo Molina y Diego Íbalo, en la muerte de Gabriel Gusmán, el jurado encontró a ambos funcionarios no culpables del crimen del joven que tenía 19 años cuando recibió un disparo en la nuca en medio de serios incidentes que se desarrollaban en barrio Capibá entre bandas armadas que dirimían sus diferencias a balazos. Tras la lectura del veredicto del jurado popular, que como lo exige la norma debe ser por unanimidad, el juez técnico que dirigió el juicio, Alejandro Grippo, dictó la absolución de ambos efectivos. El jurado encontró a Molina no culpable porque actuó con causas de justificación en ejercicio de una legítima defensa. En tanto que de Íbalo, que fue acusado de omitir impedir que su compañero disparara, se lo halló no culpable de comisión por omisión u omisión impropia. En la etapa de alegatos de clausura del debate y tras la ampliación de la declaración indagatoria de los funcionarios, que solo respondieron preguntas de sus defensas, la querella autónoma, a cargo de José Iparraguirre y Rubén Pagliotto, que impulsaron la acusación privada tras la decisión del Ministerio Público Fiscal (MPF) de disponer el archivo de la investigación por no encontrar evidencias de un accionar fuera de la ley por parte de los funcionarios. Los querellantes, tras resaltar las dificultades que sortearon para llegar a esta audiencia –dijeron que “cada uno de estos pasos fue de dolor para la familia, y de lucha”- consideraron que el accionar de Íbalo y Molina se apartó de los límites que determina el Reglamento General del Policía y las normas, incurriendo en una “ejecución sin miramientos”, en un caso de “gatillo fácil de manual”. Los querellantes destacaron que los funcionarios pudieron tomar otra decisión distinta a la de disparar a matar. Desplegaron el menú de opciones, entre el que destacaron que podrían haber esperado la llegada de otros móviles que ya habían sido comisionados por el 911 o elegir disparar a zonas del cuerpo no vitales, así, expresaron que “le reventaron la cabeza”. Los querellantes autónomos fueron insistentes en cuestionar que no hubo un accionar legítimo de los uniformados –“fue un acto de absoluta irresponsabilidad” destacaron y añadieron que le “dispararon por la espalda”-, aún ante una situación de peligro como la que vivieron aquellos ante un joven armado a plena luz del día. Así, destacaron que los funcionarios podrían haber esperado 14 segundos la llegada de otro móvil que iba en apoyo y afirmaron que Gusmán no disparó contra aquellos ni contra el móvil, que no presentó “ni un rasguño” a pesar de que una testigo afirmó que el chico le disparó desde “unos dos metros”. Sostuvieron que no fue “un enfrentamiento tiro a tiro, no fue un tiroteo”. La defensa encuadró el accionar de sus asistidos dentro de lo que exigen las normas a los funcionarios de las fuerzas de seguridad. También aludió a una supuesta situación de indefensión puesto que la querella instaló que no se pudo determinar por el relato de los imputados quién fue el que le disparó a Gusmán en la cabeza, pero luego reconstruyó con evidencia científica y planimétrica que fue Molina el que disparó. La defensa insistió en que ambos actuaron “en cumplimiento del deber y legítima defensa”. Miguel Cullen, codefensor de Molina con Daniel Rosatelli, sostuvo que se trató de “dos policías que en cumplieron su deber y desgraciadamente, en cumplimiento del deber, debieron dar muerte a Gabriel Gusmán”, fue un hecho no querido en cumplimiento del deber y legítima defensa”. Por su parte, Patricio Cozzi, codefensor de Íbalo, comenzó su alegato “bajo protesta” porque acusó que en los alegatos la querella modificó el hecho y no sabría de qué defender a su asistido. No obstante fue elocuente y acusó que hubo “una acusación poco seria para pedir prisión perpetua”. Tras intentar lo que implica la “comisión por omisión” que se le imputó a Íbalo, consideró que “es un absurdo lo que se le acusa”. A su turno, Rosatelli, sostuvo que están “convencidos que actuaron en cumplimiento del deber y la leg´tima defensa” y añadió: “No buscamos impunidad y sí Justicia”. Los querellantes no negaron que Gusmás era un joven problemático, que ese día andaba armado y mantuvo un enfrentamiento previo, a golpes y disparos, con otra banda del barrio “por un problema de polleras”. (APFDigital)

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