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  • Nuevo decreto, viejo problema: las tiendas de estaciones quedan afuera del alivio por derechos de autor

    Parana » AIM Digital

    Fecha: 13/11/2025 13:10

    La entrada en vigencia del Decreto 765/2024 reabrió una discusión que parecía saldada: quiénes deben pagar derechos de autor por la reproducción de música o contenidos audiovisuales en espacios privados. La norma redefinió los alcances de la “ejecución pública” y eximió a ámbitos de acceso restringido como fiestas familiares, salones privados y habitaciones de hotel. Pero un rubro quedó completamente fuera del beneficio: los minimercados y tiendas de conveniencia de las Estaciones de Servicio. El sector esperaba que la modificación de la Ley 11.723 contemplara su situación particular —locales que funcionan como complemento del expendio de combustibles—, pero el decreto mantuvo a estos comercios dentro de la categoría de “espacios abiertos al público y con fines comerciales”, equiparándolos a bares, gimnasios y restaurantes, todos obligados a abonar aranceles a Sadaic, Aadi y Capif. Preocupación en el sector: hablan de “doble imposición” La dirigencia estacionera analiza presentar un reclamo formal para revertir la exclusión. Según empresarios consultados por el sector, la decisión profundiza un problema que arrastran desde hace años: pagar por derechos ya incluidos en otros servicios. El asesor legal de la Federación de Entidades de Combustibles, Fabián Tobalo, sostuvo que el decreto “complementa” lo dispuesto el año pasado, pero no modifica la situación de fondo: los estacioneros siguen alcanzados por las mismas obligaciones que cualquier local comercial. Tobalo explicó que presentaron un pedido de pronto despacho al Ministerio de Desregulación, ya que consideran que existe una doble imposición: los operadores que reproducen música a través de un canal de cable ya abonan derechos de autor en la factura del servicio, por lo que los adicionales serían improcedentes. Recomendación práctica mientras persiste la incertidumbre A la espera de una respuesta oficial, la federación aconsejó a las estaciones mantener las pantallas en modo silencioso, debido a que los reclamos de entidades como Aadi-Capif siguen focalizándose en la reproducción musical. Mientras tanto, continúan las visitas de cobradores y la falta de definiciones claras sobre cómo debe aplicarse la normativa en este tipo de establecimientos. Una reforma que buscó simplificar, pero dejó cabos sueltos Al presentar el decreto, el ministro Federico Sturzenegger aseguró que el objetivo era “modernizar y desburocratizar” la aplicación de la ley de propiedad intelectual y terminar con un sistema de controles que perjudicaba a los artistas. Sin embargo, la Ley 11.723 mantiene la definición de “ejecución pública” para cualquier ámbito comercial abierto, lo que deja a las tiendas de las estaciones sin posibilidad de acceder al beneficio. Para muchos empresarios, la exclusión del sector constituye una desventaja frente a otros rubros que sí fueron contemplados por el nuevo marco legal. Tobalo adelantó que la Federación insistirá con gestiones ante el Gobierno nacional para que el decreto sea revisado y se incluya a las tiendas de conveniencia dentro de los beneficiarios, en un reclamo que promete seguir en agenda en los próximos meses.

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