12/11/2025 17:16
12/11/2025 17:14
12/11/2025 17:14
12/11/2025 17:14
12/11/2025 17:13
12/11/2025 17:13
12/11/2025 17:13
12/11/2025 17:13
12/11/2025 17:13
12/11/2025 17:13
Concordia » Libre Entre Rios
Fecha: 12/11/2025 15:19
Compartilo con Este miércoles 12 de noviembre de 2025, la Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Paraná dictó una medida cautelar que frena la potestad del Gobierno nacional para sancionar a distribuidoras eléctricas de Entre Ríos por incluir tasas municipales y otros cargos en sus facturas. El fallo representa una victoria para la Provincia en su pulseada con la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación y suspende la aplicación de sanciones a empresas como ENERSA y la Cooperativa Eléctrica de Concordia, en un conflicto que redefine los límites de la autonomía provincial frente a la normativa de defensa del consumidor. En una decisión que marca un precedente en la disputa por la autonomía provincial, la Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Paraná ordenó este miércoles al Gobierno nacional “abstenerse de ejercer su potestad sancionadora” contra el Estado de Entre Ríos, la empresa provincial ENERSA y las cooperativas eléctricas por incluir la “Contribución Única” y las tasas municipales en las facturas de luz. El fallo se origina en el conflicto desatado por la Resolución 267/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio, publicada en septiembre de 2024.Dicha norma, con sustento en la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor, prohibió a los proveedores de servicios incluir en sus facturas “sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio contratado”. El objetivo, según Nación, era garantizar la transparencia y el derecho a la información de los consumidores. Tras la entrada en vigencia de la resolución, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación imputó a 95 empresas en todo el país. En Entre Ríos, la medida alcanzó a siete entidades, entre ellas ENERSA, Redengas S.A., y las cooperativas eléctricas de Concordia y Gualeguaychú, a las que se intimó a cesar el cobro de estos conceptos bajo apercibimiento de denuncias penales por desobediencia. La respuesta provincial no tardó en llegar. ENERSA cuestionó públicamente la medida, argumentando que el servicio eléctrico es de jurisdicción provincial y que tanto la empresa como las cooperativas están obligadas por el marco regulatorio entrerriano (Ley 8.916) a actuar como agentes de percepción de dichos tributos. “La Resolución 267/2024 del Gobierno Nacional (…) se contradice con lo establecido en el Marco Regulatorio Provincial”, afirmó la distribuidora en un comunicado. El fallo de la Cámara paranaense, fechado hoy, recoge este guante. Los jueces consideraron que la disputa gira en torno al derecho común y no a normas federales, por lo que la competencia para juzgar infracciones a la ley del consumidor cometidas en territorio provincial corresponde, “prima facie”, a la propia provincia. La resolución judicial suspende cualquier sanción de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo (DNDCyAC) hasta que se resuelva la cuestión de fondo en el expediente colectivo “Centro de Orientación, Defensa y Educación al Consumidor (CODEC) c/Energía de Entre Ríos”, que tramita en el juzgado N°2 de Concepción del Uruguay y posee un objeto similar. Un conflicto con eco nacional La controversia entrerriana no es un caso aislado. A principios de 2025, varios municipios de la provincia de Buenos Aires presentaron amparos contra la misma resolución. En febrero, el Juzgado Federal de San Martín falló a favor de la medida del Gobierno nacional, rechazando los planteos de municipios como Tigre y Moreno y avalando la prohibición. Sin embargo, concedió un plazo de 90 días para que las comunas adecuaran sus métodos de recaudación. La decisión de la justicia entrerriana, en cambio, se inclina por defender la competencia local, generando un escenario de incertidumbre jurídica. Mientras el Gobierno nacional busca unificar el criterio de facturación en defensa de los consumidores, las provincias y municipios defienden sus pactos de recaudación, claves para el financiamiento de servicios como el alumbrado público. Para los usuarios, la resolución final de esta pulseada determinará si seguirán viendo tasas locales en su boleta de luz o si recibirán comprobantes de pago por separado.
Ver noticia original