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  • Declararon la emergencia agropecuaria en Entre Ríos

    Parana » Valor Local

    Fecha: 12/11/2025 12:06

    A seis meses del temporal que azotó al Departamento Federación, el Ministerio de Economía declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario para las explotaciones de citrus del distrito Mandisoví por los daños provocados por la importante caída de granizo y los fuertes vientos de aquel 5 de mayo. La medida establece que la emergencia regirá hasta el 4 de mayo de 2026, abarcando el ciclo productivo completo de la zona afectada. Publicidad La decisión surge a partir del pedido formal realizado por el gobierno de Entre Ríos, que presentó el decreto provincial 2522/2025 ante la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios. En la reunión del 15 de octubre, la comisión analizó la situación y recomendó la declaración de emergencia para las explotaciones citrícolas de Mandisoví, en línea con lo dispuesto por la ley 26.509, que regula el régimen nacional para la atención de emergencias y desastres agropecuarios. El evento climático del 5 de mayo provocó daños severos en los cultivos de citrus y hortalizas de la región. Según el decreto provincial, las explotaciones hortícolas también fueron incluidas en la declaración de emergencia, aunque en su caso el plazo de vigencia se fijó hasta el 4 de noviembre de 2025. La resolución nacional, en cambio, se centra en los productores citrícolas y extiende la cobertura hasta el 4 de mayo de 2026, fecha que la comisión estableció como finalización del ciclo productivo para las áreas afectadas. La resolución detalla los pasos que deberán seguir los productores para acceder a los beneficios previstos por la ley 26.509. Será necesario presentar un certificado emitido por la autoridad provincial competente, que acredite que el predio o explotación se encuentra comprendido en la zona y el período declarados en emergencia El gobierno de Entre Ríos deberá remitir a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la comisión nacional el listado de productores afectados, acompañado de la documentación respaldatoria. La medida también instruye a las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas, y a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a implementar los mecanismos necesarios para que los productores comprendidos en la resolución accedan a los beneficios fiscales y crediticios previstos en los artículos 22 y 23 de la ley 26.509. Estos artículos contemplan, entre otras medidas, la prórroga o exención de impuestos nacionales y la refinanciación de créditos bancarios para los productores afectados por emergencias o desastres agropecuarios. Por último, la resolución faculta al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía a celebrar los convenios y actos necesarios para la ejecución de la medida, y establece que la norma entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial. (Fuente: Infobae)

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