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  • Firpo: “Desde el inicio no hay que hacer una inflación de las figuras penales para lograr determinado resultado”

    Parana » Radio La Voz

    Fecha: 08/11/2025 09:35

    En comunicación con RADIO LA VOZ, la doctora Paola Firpo, Jueza de Garantías, se refirió al caso Del Mestre y por qué otorgó la probation. Firpo indicó que “a partir de la implementación del nuevo sistema acusatorio adversarial todas las investigaciones son llevadas a cabo por el Ministerio Público Fiscal y solo los Jueces o Juezas de Garantías tomamos conocimiento en aquel escueto ámbito que la Fiscalía solicita alguna determinada medida, porque sino hay legajos, investigaciones, denuncias, que ni siquiera tomamos conocimiento y tal es la circunstancia que, por ejemplo, el MPF lleva un número de legajos, cerca de 300 mil, y los Jueces de Garantías en el ámbito de OGA tenemos registrados 32 mil”. De este modo, los Fiscales, en algunos casos, desestiman las denuncias o acuerdan con el denunciante. “Es así este sistema acusatorio adversarial, y sobre eso los Jueces y Juezas no podemos hacer absolutamente nada”. En el caso Del Mestre, dijo Firpo, “me encantaría que la sociedad en su conjunto vea todas las audiencias, porque no fue una. Esto comenzó el 4 de diciembre de 2024 y era por hechos totalmente distintos a los que después pidieron la remisión a juicio. Eran los mismos hechos por los que después termina solicitándose la suspensión de proceso a prueba, lógicamente”. “Todo se inició por una discusión por lesiones leves y daños. Así viene a la primera audiencia, le habían agregado un hurto, como hechos para investigar. Y solicitaron medidas de coerción que estaban acordadas. Este caso vino todo acordado entre las partes. Había un MPF titular de la acusación penal pública; acusador privado en representación de la víctima, un hombre mayor de edad; y el imputado era un joven de 19 – 20 años. Venían solicitando diversas medidas de coerción que el chico siempre cumplió. Al momento de la remisión a juicio, con diversos cambios de defensa, la remisión la realiza el MPF y la querella como homicidio agravado en grado de tentativa por el vínculo y daño”, explicó Firpo. “Un Juez de Garantías tiene que analizar la razonabilidad de este hecho que se está atribuyendo con la calificación legal es acorde y correspondía juicio por jurados. La defensa apela una resolución porque yo entendí que la querella particular no había cumplido con determinados requisitos y la excluí del proceso, eso fue apelado. Fue a un vocal del Tribunal de Juicio de Apelaciones, manifestó que no había cumplido con los requisitos que exige el código pero que lo mío era un excesivo rigor formal; entonces la vuelven a la introducir a la querella”. Agregó Firpo, “en la última audiencia presenta Fiscalía, querella y defensa un acuerdo de suspensión del proceso a prueba. Desde el inicio no hay que hacer una inflación de las figuras penales para lograr determinado resultado, y me hago cargo de lo que digo, y más porque hay situaciones económicas detrás”. Remarcó la Jueza, “los hechos son unos y no hay que variarlos para lograr determinados resultados, ese es el derecho penal que yo estudié y que me gustaría como ciudadana tener. No hay que utilizar el derecho penal para lograr determinados resultados, y menos económicos, porque está el fuero civil para eso, para pedir resarcimientos y demás”.

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