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» tn24
Fecha: 06/11/2025 09:23
Cristina Fernández de Kirchner tuvo este miércoles otro revés en materia judicial, en esta ocasión como respuesta a la solicitud que hizo recientemente para poder percibir los haberes relacionados a su esposo, el también exmandatario Néstor Kirchner. La jueza federal Karina Alonso Candis rechazó el pedido de medida cautelar presentado por Cristina Elisabet Fernández de Kirchner para que se le restablezca de manera anticipada la asignación mensual vitalicia que percibía como viuda del ex presidente Néstor Carlos Kirchner, beneficio que había sido suspendido por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Además, según fuentes oficiales a las que accedió Infobae, el Ministerio de Capital Humano exigirá a la ex vicepresidenta que reintegre lo cobrado con anterioridad. Se estima que la suma estaría en el orden de los 1.000 millones de pesos. La decisión del Juzgado Federal de la Seguridad Social 1 de la Ciudad de Buenos Aires, se enmarca en la causa “Fernández Cristina Elisabet c/ ANSES s/ Nulidad de Acto Administrativo”, donde la ex mandataria reclamó la nulidad de las resoluciones que dieron de baja tanto su pensión como la que le correspondía por su propio mandato presidencial. El planteo de Fernández de Kirchner se centró en la urgencia de recuperar el cobro de la pensión, argumentando que la demora en la resolución definitiva del proceso judicial podría afectar sus derechos a la seguridad social y su subsistencia. En su presentación, invocó el artículo 22 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que reconoce el derecho a la seguridad social, y sostuvo que la medida cautelar no resolvía el fondo del asunto, ya que existía una sentencia firme previa que le reconocía el beneficio. Según la ex presidenta, solo restaba que la ANSES cumpliera con esa decisión judicial, por lo que solicitó que se le restituyera el pago de la asignación mensual vitalicia otorgada en su carácter de causahabiente de Néstor Kirchner desde el 14 de diciembre de 2010. “Se verifican en autos los supuestos de verosimilitud del derecho y de peligro en la demora ante la falta de otra forma de subsistir”, sostuvo la parte actora, ofreciendo caución juratoria como contracautela.
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