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Gualeguay » Debate Pregon
Fecha: 05/11/2025 10:11
Esta resolución reglamenta el Decreto 397/25, que había levantado la prohibición de tenencia de estos materiales para legítimos usuarios, y encomienda al RENAR la creación de un “régimen de autorización y control especial”. Ads Requisitos principales Para acceder a la tenencia, los legítimos usuarios de armas de fuego de uso civil condicional —así como las entidades de tiro— deberán cumplir con los siguientes puntos: Antigüedad mínima de cinco años como legítimo usuario de armas de fuego. como legítimo usuario de armas de fuego. Ausencia de sanciones o actuaciones administrativas pendientes ante el RENAR. pendientes ante el RENAR. Contar con un Sector de Guarda tipo G2 , que garantice medidas de seguridad específicas para el almacenamiento. , que garantice medidas de seguridad específicas para el almacenamiento. Presentar una declaración jurada con los fundamentos de la solicitud. con los fundamentos de la solicitud. Identificar el material (marca, modelo, calibre, número de serie) y acompañar fotografías. “Probados usos deportivos” El nuevo régimen exige que el solicitante acredite usos deportivos comprobables. Para ello, deberá cumplir al menos una de las siguientes condiciones: Poseer una certificación de una Entidad de Tiro habilitada que lo acredite como tirador asiduo. que lo acredite como tirador asiduo. Haber representado a una institución en certámenes nacionales o internacionales de tiro deportivo. Asimismo, las entidades de tiro podrán solicitar este tipo de material para uso compartido en actividades deportivas o con fines didácticos. El costo del trámite será equivalente al valor de una Tenencia Express más una Tarjeta de Consumo de Municiones (TCCM). Con esta resolución, el RENAR deroga diversas disposiciones previas del ex ANMAC que regulaban la tenencia de este tipo de armamento.Fuente:N.A. Ads
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