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  • Entre Ríos, Argentina

  • El Superior Tribunal declaró inadmisible el recurso extraordinario presentado por la defensa de Ruiz Orrico

    Parana » El Once Digital

    Fecha: 03/11/2025 15:30

    La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia rechazó el planteo de los abogados defensores de Juan Enrique Ruiz Orrico, imputado por homicidio culposo.    La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos declaró inadmisible el recurso extraordinario presentado por la defensa de Juan Enrique Ruiz Orrico, imputado por el delito de homicidio culposo, tras el fatal accidente ocurrido en la ruta 39 y en el que perdieron la vida Brian y Lucas Izaguirre, Leonardo Almada y Axel Rossi   El fallo fue emitido por los vocales Daniel Carubia, Miguel Giorgio y Claudia Mizawak, quienes coincidieron en que no se demostraba la existencia de un agravio constitucional que justificara la intervención del máximo tribunal provincial en esta instancia.   Argumentos del tribunal Según expresaron los magistrados, los planteos presentados por los abogados defensores “no son más que una reiteración de argumentos ya expuestos”, los cuales ya habían recibido una respuesta adecuada por parte de la Cámara de Casación.   La Sala consideró que la reedición de esos argumentos “no es audible en esta instancia”, ya que solo evidencia una disconformidad con el fallo anterior, sin incorporar elementos nuevos que justifiquen la revisión extraordinaria. Accidente fatal en Ruta 39: piden “celeridad en la causa y que Orrico vaya preso” Sin afectación constitucional Los jueces subrayaron que no se observó violación al debido proceso ni afectación al derecho de defensa del imputado. Además, remarcaron que tanto la Fiscalía como la querella actuaron conforme a lo previsto por el Código Procesal Penal y que la acusación particular reunía los requisitos formales y sustanciales exigidos por la ley.   “La defensa tuvo oportunidad de ejercer sus derechos en todas las etapas del proceso”, señalaron en la resolución.   La Sala Penal también advirtió que excluir a la querella en esta instancia implicaría una lesión a derechos garantizados por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en especial el artículo 25, que garantiza el acceso a la tutela judicial efectiva.   Por ello, los magistrados sostuvieron la validez de la actuación de la parte querellante, que había manifestado su voluntad de acusar en concordancia con el Ministerio Público Fiscal y solicitó la remisión de la causa a juicio.   La causa continúa bajo la órbita del Ministerio Público Fiscal, con la acusación por homicidio culposo en curso.

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